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OPINIÓN

La resiliencia de la Comunidad Andina y de su Tribunal de Justicia

06 de junio de 2025

Hugo R. Gómez Apac

Magistrado en el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina
Canal de noticias de Asuntos Legales

El 26 y 28 de mayo últimos, la Comunidad Andina y su Tribunal de Justicia han celebrado sus 56 y 46 años de creación, respectivamente. Dentro de los diversos balances que se pueden hacer, me referiré a lo resilientes que son ambos.

Resiliencia es la capacidad de los seres vivos, de las personas y de las instituciones de adaptarse a una situación adversa.

La Comunidad Andina no solo es el proceso de integración jurídica, económica y social más exitoso y longevo de Sudamérica, sino también uno de los más resilientes. Ha sobrevivido a la deserción de Chile y Venezuela, al enfrentamiento armado entre Ecuador y Perú, a los acuerdos de libre comercio celebrados individualmente por sus integrantes con terceros países, a las tensiones diplomáticas entre sus gobiernos, y a la adhesión de Bolivia al Mercosur. La estructura organizacional del proceso de integración andino navega viento en popa en aguas separadas de las relaciones y tensiones políticas y diplomáticas de sus países miembros.

Y también es resiliente el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Los países miembros no se inquietan por su permanente crisis económica Su presupuesto está congelado desde hace 17 años. Sin embargo, los países acuden con frecuencia a él para solicitar tutela jurisdiccional. Es una bipolaridad extraña. En lo resolutivo, los países admiten la importancia del Tribunal, respetan su supranacionalidad, reconocen sus competencias jurisdiccionales y acatan sus sentencias; pero en lo económico, se niegan a incrementarle su presupuesto pese a todas las razones que lo justifican. Bolivia le debe tres años de aporte obligatorio.

Pese a la escasez de sus recursos, el Tribunal ha mejorado su productividad y la calidad de su jurisprudencia. Emitió un reglamento sobre interpretaciones prejudiciales que creó la figura de los informes orales, lo que permite que las partes involucradas en la controversia interna, las autoridades de los países y las organizaciones e instituciones nacionales e internacionales especializadas en la materia controvertida, provean de insumos relevantes a la corte andina sobre cómo debe interpretarse el derecho andino. También creó la costa procesal para financiar dichos informes orales, que ayuda a acelerar la emisión de sus sentencias y que constituye un pequeño ingreso que palía su pobreza. Por la vía jurisprudencial desarrolló la doctrina del «acto aclarado», lo que ha significado un antes y un después en su labor resolutiva. Hace años, tenía que resolver anualmente más de 500 o 600 solicitudes de consulta prejudicial. A la fecha, gracias al acto aclarado, tiene 63 de esas solicitudes pendientes de trámite. Quienes más han ganado con esta doctrina son los ciudadanos andinos, los usuarios del sistema andino de solución de controversias, pues sus procesos judiciales en sede nacional se resuelven con mayor rapidez. Al haber una menor carga procesal, el Tribunal también está resolviendo las acciones de nulidad e incumplimiento y las demandas laborales con mayor celeridad.

«Resiliente» es un adjetivo que describe bien a la Comunidad Andina y a su Tribunal de Justicia, que han demostrado una inmensa capacidad para adaptarse a la adversidad.

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