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miércoles, 14 de enero de 2015

Básicamente, el crowdfunding permite que muchas personas puedan hacer pequeños aportes que en conjunto formen un monto interesante para financiar todo tipo de proyectos. La canalización del dinero se hace por medio de una plataforma que difunde el proyecto por medios tradicionales o por Internet, en busca de donantes o inversionistas.

El crowdfunding tiene varias caras y posibilidades de estructuración. Es así como un proyecto de crowdfunding puede estructurarse por medio de donaciones, compraventa de cosas futuras, contratos de fiducia y compra de acciones o de bonos, entre otros.

En Colombia generalmente se utiliza un modelo de  financiación de proyectos sociales, culturales y artísticos por medio de donaciones.

Otro modelo menos extendido en el país es el de la compraventa de cosas futuras. Este es un mecanismo interesante para las empresas que aspiran a producir bienes u ofrecer servicios con el capital que reciban. 

Por ejemplo, una empresa que desea abrir un nuevo local o desarrollar una nueva línea de productos puede pedir un préstamo bancario o, por medio de esta modalidad, conseguir suficientes personas que quieran comprar ahora para consumir en el futuro algunos de sus productos. De esta forma reúnen el capital para el proyecto y al mismo tiempo construyen una base de clientes.

El contrato de fiducia también se adapta para el desarrollo del crowdfunding. Este esquema permite que los inversionistas puedan invertir por medio de un aporte a un patrimonio autónomo que con el capital recaudado desarrolla proyectos, cuyos beneficios pueden luego distribuirse entre los inversionistas. La fiducia inmobiliaria es la modalidad que mayor desarrollo ha tenido para este tipo de proyectos. Sin embargo, las posibilidades de desarrollo usando otras modalidades de fiducia, como la fiducia de inversión, son infinitas.La compra de acciones y de bonos opera igual que el mercado público de valores, evitando la intermediación de los bancos para que las empresas obtengan financiación directamente de las personas con excedentes de capital. 

Lamentablemente este mecanismo no puede desarrollarse en Colombia por la regulación del sistema financiero actual, lo que lleva a que quede exclusivamente reservado para las empresas más grandes del país, en el marco de la bolsa de valores.

Dentro de la política de competitividad y productividad en Colombia falta abrir este espacio de financiación para las pequeñas y medianas empresas. 

Así las cosas, las modalidades de implementación  del crowdfunding, deben evitar desnaturalizar los contratos utilizados: forzar los contratos a ser lo que no son puede terminar creando un Frankenstein jurídico. 

Uno de los ejemplos de desnaturalización más comunes de estas figuras, es la de implementar una donación a cambio de recibir una “recompensa”.

No es coherente que el donante reciba una contraprestación económica por su donación, pues en ese caso no se estaría frente a la figura de la donación, sino ante una compraventa pura y simple. 

Por lo tanto, el hecho de que los esquemas de crowdfunding camuflen bajo el rotulo de “recompensa” la contraprestación recibida por hacer una donación no resuelve el problema. 

Es especialmente preocupante el caso de algunas plataformas de crowdfunding constituidas como fundaciones, donde el dinero que reciben a titulo de donaciones obtiene los beneficios tributarios que la ley le otorga a estas entidades. Entonces, el comprador además de obtener el bien o servicio que está adquiriendo, al estructurar el aporte como una donación, también puede recibir un beneficio tributario.

Aunque el código civil permite que el contrato de donación pueda tener una causa onerosa, para que esto proceda la donación debe constar en una escritura pública, lo que no se acomoda a las necesidades de las plataformas de crowdfunding, por los costos que implicaría y por que perderían la posibilidad de recaudar dinero usando Internet.  

Teniendo en cuenta lo anterior, el manejo adecuado para el desarrollo del crowdfunding es que se estructuren las relaciones contractuales de tal forma que muestren la realidad de la operación. 

Por lo tanto, en vez de disfrazar la operación bajo el manto de una donación, se deben implementar esquemas de compraventas de cosas futuras, fiducias de inversión, entre otras, con el fin de atender a la realidad de la operación.