Esta semana tiene curso en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes del Congreso de la República la nueva Reforma a la Justicia. Desde ya debe decirse que la palabra reforma le queda grande a este proyecto de ley, pues apenas suponen unas modificaciones de no más de 10 artículos del Código de Procedimiento Penal y muchos de ellos en realidad buscan regularizar temas que ya han sido reconocidos por vía jurisprudencial.
Con todo, los cambios propuestos son necesarios y es importante que los honorables congresistas sepan que esta reforma está dirigida a hacer mejores los mecanismos de terminación anticipada, lo que se traduce en un fortalecimiento de los derechos e intereses de las víctimas y los procesados, al tiempo que impacta directamente la descongestión del sistema de justicia.
En nuestra columna en este diario, nos referimos a un tema tan real y cierto como la incapacidad de la justicia para darle trámite a todas las causas que se adelantan en la Fiscalía. El análisis es sencillo, hay muchos más delitos que fiscales, investigadores y jueces.
Esta realidad apabullante, lleva a que sea imposible pretender que todos los casos se puedan investigar y llevar a juicio. Esta es una verdad incuestionable para cualquier sistema procesal del mundo. Incluso en países como Estados Unidos, donde hay un mayor número de jueces, fiscales, investigadores y hasta cárceles, se caracteriza por su particular interés en la celebración de acuerdos y aún así, tienen mecanismos para no tramitarlo todo, pues resulta imposible.
En Colombia la realidad es desoladora, aproximadamente el 92% de las sentencias condenatorias que se producen año a año son consecuencia de procedimientos de captura en flagrancia, es decir, casos en donde hay muy poca actividad investigativa por parte de la Policía o la Fiscalía, pues la mayoría de la prueba se recauda directamente en el procedimiento de captura. Dentro de esas flagrancias, la mayoría de los asuntos tienen que ver con porte de estupefacientes, quedando de lado muchísimos otros delitos también son de importantísima investigación.
Así mismo, en promedio, 85% de los casos se termina por vía de preacuerdo o allanamiento a cargos, lo que deja que solo un 15% sean procesos que van a juicio. De estos últimos, se tiene que de los casos que van a juicio, de cada diez, la Fiscalía pierde seis, esos son los datos.
Estas cifras reflejan que los resultados conseguidos por la Fiscalía no son producto de su capacidad investigativa, pues la mayoría de las condenas se logran por flagrancias y no por su capacidad de gestión del caso. Esta crítica no está enfilada contra quienes ejercen la función de fiscales o investigadores ni por quienes están a la cabeza del órgano de investigación. El ataque está dirigido al modelo de justicia y las normas de nuestro código. Por eso celebro que sea la propia Fiscalía y la Corte Suprema quienes han diagnosticado el problema y plantean mecanismos de solución.
Todo esto, evidencia que es necesaria una reforma en materia de mecanismos de negociación, esto no se trata de retórica. Los números son contundentes y hacen evidente que si no tenemos un sistema de justicia fuertemente orientado a las terminaciones anticipadas, Colombia no podrá hacer frente a las demandas de justicia de los ciudadanos.
Se debe seguir avanzando a un modelo que esté más fundamentado en la justicia transaccional y que logre aumentar las tasas de solución de conflictos, que atienda las necesidades de las víctimas y que reconozca los derechos de los procesados.
Esta semana estuve reunido con dos fiscales en dos procesos en curso, uno como defensa y otro como representante de la víctima. Sin decir nada, fueron ellos los que me propusieron terminar con estos asuntos a través de una vía negociada. Salí con el corazón lleno de esperanza en ambos casos. Se trataría de soluciones con excelente resultado para los intereses de la justicia, de las víctimas y de los procesados. Y serían dos litigios menos para el Estado, quien puede enfilar esos recursos y excelentes fiscales en casos donde la ausencia de capacidad instalada garantiza el fracaso de las investigaciones.
Ahora, algunos podrían decir que solo basta con que haya más interés en los fiscales, pero la realidad indica que son necesarias reformas normativas para mejorar su aplicación y garantizar su uso exitoso. Lamentablemente, el código se ha llenado de prohibiciones excesivas y fuera de lugar como las del 68A del Código Penal, interpretaciones jurisprudenciales que están al vaivén político y pasajes normativos oscuros que impiden tener un entendimiento homogéneo y transversal sobre los mecanismos de terminación anticipada del proceso.
Por eso celebramos el proyecto de ley presentado conjuntamente entre la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, se requerirán ajustes y escuchar a la academia y a los diferentes sectores de la justicia para afinarlos, pero con seguridad que apuntan en buena dirección y tienen un planteamiento correcto y un desarrollo adecuado.
Ya se echan de menos varias normas que han sido eliminadas en los debates anteriores y que habrían sido fundamentales para avanzar en el propósito del fortalecer estos mecanismos, sin embargo, cualquier cosa lograda es terreno conquistado en esa dirección.
Es ese el verdadero secreto de cómo ser más eficientes contra la delincuencia, garantizar una aplicación más humana de la justicia penal, respetar los derechos de las víctimas y descongestionar la justicia.
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