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jueves, 6 de mayo de 2021

La inversión de impacto es la inversión de recursos económicos, principalmente privados, para generar un impacto positivo en aspectos sociales y ambientales, sin excluir la persecución de retornos financieros. Ha tenido desarrollos en escenarios de la economía y la política, pero no cuenta con una regulación uniforme. El marco de acción va desde programas gubernamentales como Familias en Acción hasta escenarios del derecho internacional como el Acuerdo de París.

Colombia no cuenta con un régimen específico que regule la inversión de impacto, sino, por el contrario, ciertas normas que definen y regulan temas relacionados con la misma: el Decreto 1625 de 2016 otorga a las personas jurídicas el derecho a descontar de su impuesto de renta 25% de las inversiones que realicen para mejorar y conservar el medio ambiente; la Ley 1558 de 2012 busca fomentar, desarrollar, promover y reglamentar la actividad turística; el Decreto 1650 de 2017, establece deducciones tributarias para empresas que lleven a cabo sus actividades productivas en las zonas más afectadas por el conflicto armado; y el Decreto 2112 de 2019 establece beneficios tributarios en materia de inversión local y extranjera en ciudades con tasa altas de desempleo.

Adicionalmente, el 26 de abril, la Superintendencia Financiera publicó la Circular 007 de 2021, mediante la cual se reglamenta el Decreto 1393 de 2020 y se dan instrucciones relacionadas con los procesos de inversión de los fondos de pensiones, sociedades de capitalización y las entidades aseguradoras. Dicha Circular establece que las políticas de inversión de dichas entidades deben incorporar criterios relacionados con los objetivos, riesgos y la gestión de asuntos ambientales, sociales y de gobierno corporativo.

Por su parte, además del marco normativo, actualmente en Colombia hay cuatro vehículos comunes de inversión de impacto: fondos de impacto, BIS (bonos de impacto social), bonos verdes y sociales, y mecanismos alternativos como blended finance, la unión de recursos públicos y privados para desarrollar proyectos sostenibles y sociales. Aunque en Colombia hay diversos actores en el mundo de la inversión, los inversionistas más importantes son los institucionales y los privados. Son estos a los que se les debe dirigir los proyectos de reforma normativa para fomentar la inversión de impacto, pues tienen la capacidad de mover sumas de dinero que generen un impacto social y transformador en el capitalismo de stakeholders.

En todo caso, el reto es aún más grande, pues el desafío no solo es conseguir la canalización rentable de recursos, sino establecer métricas que midan el impacto y demuestren la consecución de los objetivos sociales, ambientales y de gobierno de la mano con retornos financieros adecuados.

La expedición de la Circular mencionada es un paso importante para establecer estas medidas, y servirá como referencia para que diversos actores incorporen la inversión de impacto dentro de sus portafolios (más allá de la llamada responsabilidad social empresarial). Sin embargo, el Gobierno debe establecer métricas/estándares comunes a nivel nacional, que permitan cuantificar los beneficios fiscales, los incentivos económicos y la redistribución de recursos a las poblaciones más necesitadas, siendo simultáneamente aplicables a todos los inversionistas, privados y públicos. Esto logrará que se desarrolle la inversión de impacto y cada día sean más los proyectos de inversión de impacto y los inversionistas que los apoyen.