Ante la falta de consenso sobre el valor del salario mínimo mensual que regiría a partir del 1 de enero de 2025, el Gobierno Nacional determinó unilateralmente que el salario mínimo sería de $1.423.500, lo que representa un aumento del 9.5%. Aunque este incremento es considerable, la tendencia de aumentar el salario mínimo en porcentajes superiores al IPC se viene presentando desde el año 2022, cuando el ajuste fue del 10.07%. En los años siguientes, los aumentos fueron aún mayores, alcanzando el 16% en 2023 y el 12% en 2024. De este modo, el salario mínimo pasó de $908.526 en 2021 a $1.423.500 en 2025, con un crecimiento acumulado de 56.7%.Aunque el aumento del salario mínimo mensual ya representa un desafío para los empleadores debido al incremento de los costos laborales de quienes perciben este salario, existe otro reto igualmente significativo: el aumento automático del salario mínimo integral, que se deriva directamente del ajuste del salario mínimo mensual. Recordemos que el salario integral es una forma de remuneración contemplada en el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo (“C.S.T.”), el cual además de retribuir el salario ordinario, compensa de antemano el valor de las prestaciones sociales, recargos, trabajo nocturno y otros conceptos que se incluyan dentro de la estipulación de esta clase de salario. Ahora bien, esta modalidad de remuneración va dirigida a aquellos trabajadores que devenguen un salario ordinario superior a diez salarios mínimos mensuales vigentes, lo que los ubica dentro de los trabajadores con mayor remuneración. Así mismo, el salario integral debe ser equivalente, por lo menos, a 13 salarios mínimos mensuales. Por lo tanto, los trabajadores que reciben este salario experimentarán un incremento anual proporcional al aumento del salario mínimo mensual; esto implica, que desde la posición de los empleadores no se tenga control alguno sobre el porcentaje de aumento en el salario de estos trabajadores.
Teniendo en cuenta lo expuesto, el salario mínimo integral ha experimentado un aumento significativo en los últimos años, pasando de $11.810.838 en 2021 a $18.505.500 en 2025, lo que representa un incremento de $6.694.662 en tan solo 4 años, es decir, un crecimiento acumulado de 56.7%. Este aumento excesivo en el salario mínimo integral ha generado gran preocupación en los empleadores, quienes no tienen control sobre el porcentaje de incremento que se aplicará a los trabajadores con esta modalidad de salario, generando además ventajas comparativas respecto de los trabajadores con salario ordinario.
Esta situación implica un aumento inevitable de los costos laborales, lo que podría llevar a los empleadores a reconsiderar la viabilidad de mantener trabajadores con este tipo de salario. De seguir aumentando de manera tan significativa el salario mínimo mensual, los empleadores podrían verse obligados al desuso o incluso desmonte de la figura de salario integral dentro de sus organizaciones, debido a la creciente presión que estos incrementos ejercen sobre su estructura de costos laborales. Ahora bien, no se puede verde de vista que el artículo 132 del C.S.T. establece la posibilidad que, dentro del salario integral, se pacten beneficios extralegales. En virtud de ello, los empleadores tienen la opción de anticipar ciertos beneficios que formen parte del esquema de remuneración de la empresa y que estén contemplados en políticas internas. Esta práctica permitiría mitigar el impacto de los aumentos excesivos del salario mínimo, al incluir dentro del salario integral conceptos que, de no compensarse de antemano dentro del salario, se reconocerían como un pago adicional. Lo anterior podría implicar una disminución de los costos adicionales al salario integral. Sin embargo, será necesario evaluar cada caso, verificando si la estructura de remuneración y la forma en cómo se encuentran estipulados los beneficios extralegales lo permite.
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