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sábado, 2 de septiembre de 2017

El punto de partida es recordar que el próximo 17 de Septiembre se cumplen 230 años desde que cuando en una fecha igual de 1787, se adoptó el texto original por la Convención Constitucional de Filadelfia (Pensilvania), ratificada por los demás estados miembros.

Se afirma que la idea original de la Convención que se inició el 14 de mayo de ese mismo año, era solucionar problemas puntuales de gobernabilidad que se habían dado desde la independencia de la Gran Bretaña en 1776, pero desde que inició la Convención algunos de los participantes como Madison y Hamilton, tenían la clara intención de crear, y no de modificar el texto fundamental, y con la elección de Washington como Presidente de la Convención, ese objetivo fue más claro. Su ratificación se daría 9 meses después, el 21 de junio de 1788.

A la fecha, la Constitución tiene 27 enmiendas: once entre 1791 y 1799, cuatro entre 1.800 y 1.899 y las restantes doce entre 1.900 y 1992, cuando se aprobó la más reciente enmienda.

Si bien es cierto cuenta con solo siete artículos, estos se dividen en secciones que equivalen a nuestros artículos. Si los contamos de esa manera, serían 24 artículos en total.

Ahora bien: la Constitución de Estados Unidos está diseñada de manera impecable y a ello se puede atribuir sus pocas modificaciones y/o adiciones a lo largo de más de 200 años?, o ¿es tan complejo su proceso de modificación que, es prácticamente imposible modificarla?. Pareciera que es más lo segundo que lo primero.

El Artículo V plantea que existen dos maneras de hacer una enmienda: En el primero si ambas cámaras del Congreso aprueban la propuesta presentada de enmienda, se reenvía para ser aprobada por los estados en donde por lo menos 38 estados deben aprobarla. El segundo es al contrario, es decir que dos tercios de los estados convoquen una convención constitucional donde se proponen las enmiendas. Es diciente que este segundo método no ha sido utilizado.

Debe también reconocerse que la Constitución de Estados Unidos, no contiene una cantidad de artículos que podríamos denominar predominantemente administrativos y prefiere dar una clara prelación a los asuntos fundamentales del ciudadano y su relación con la comunidad.

¿Es la Constitución el reflejo de lo que es una Nación, o es lo que la Nación desea ser?. No existe respuesta única pues es una mezcla de ambas y es deseable que una Constitución reafirme su convicción en valores, derechos y obligaciones.

En reiterados casos se ha dicho que uno de los objetivos de la Constitución es la búsqueda de la felicidad de los asociados. Probablemente por ello se atribuye a Franklin, otro de los redactores de la Constitución, la frase: “La Constitución de los Estados Unidos no garantiza la felicidad, sólo la búsqueda de la misma. Usted tiene que ponerse al corriente de eso, por sí mismo.”
No se debe de manera directa y simplista hacer una comparación con la Constitución de Colombia, pues son dos sistemas inspirados en realidades e historia diferente, pero nos parece más que pertinente la reflexión, en particular en momentos que en nuestro país de manera reiterada, frente a alguna dificultad política se piensa como primera opción de solución, una reforma constitucional.

Son los ciudadanos quienes día a día, hacen de una Constitución un elemento central que permite la convivencia a través del respeto, cumplimiento y valor que le den a la Carta Magna, porque consideran que refleja de manera fiel su idea de Estado y confían en las instituciones que de ella se derivan.