Gabriela Tellez Izquierdo Asociada en Holland & Knight

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  • Gabriela Tellez Izquierdo

lunes, 13 de marzo de 2023

El artículo 43 de la ley 1258 de 2008, introdujo al sistema jurídico colombiano la figura del abuso del derecho de voto. Esta figura se desprende del incumplimiento del deber de los accionistas de ejercer su derecho de voto, el cual debe ser siempre ejercido buscando el interés de la compañía sobre su interés particular. Es así, que el uso principal de la acción del abuso del derecho es impedir que el voto ejercido por los accionistas en las reuniones del Máximo Órgano social sea utilizado como un instrumento para perjudicar a otro accionista o procurar una ventaja injusta frente a otros. Por consiguiente, la teoría del abuso del derecho a voto es cuando un accionista ejerce su derecho de voto de forma contraria a la finalidad económica y social de la compañía.

¿ Cuándo se incurre en la figura de abuso del derecho de voto?

Para incurrir en la figura del derecho de voto se debe tener en cuenta el elemento objetivo y el subjetivo de esta. No toda decisión contraria a los intereses subjetivos de un accionista configura un abuso del derecho de voto. El elemento objetivo es la creación de un perjuicio o ventaja injustificada ocasionada por el ejercicio abusivo del voto al momento de tomar decisiones hacia otro accionista y el subjetivo es la intención o deseo de perjudicar a otro.

De acuerdo con el artículo antes mencionado y pronunciamientos de la Superintendencia de Sociedades, se configura un abuso del derecho de voto por parte de un accionista cuando:

a. Vota tiene el propósito de causar daño a la compañía o a otros accionistas
b. Vota con el fin de obtener para sí o para otro ventajas
c. Su voto resulta en un perjuicio para la compañía o para los otros accionistas.

¿Qué modalidades de abuso de derecho de voto han sido identificados por la jurisprudencia colombiana?

La jurisprudencia colombiana ha identificado que el ejercicio abusivo del derecho de voto puede ser ejercido mediante 3 modalidades: abuso de mayorías, abuso de minorías o paridad.

¿Qué puede hacer un accionista frente a un ejercicio abusivo del derecho de voto?

Un accionista puede invocar el ejercicio abusivo del derecho de voto y le corresponde la carga de probar que el ejercicio del voto de uno o varios accionistas causó perjuicios a la compañía, a alguno de los accionistas o que sirvió para obtener una ventaja injustificada frente a otros. Asimismo, es indispensable acreditar que el derecho de voto fue ejercido con el propósito de generar esos efectos perjudiciales.
El demandante puede probar el abuso del derecho de voto principalmente mediante indicios. La Superintendencia de Sociedades ha enunciado los siguientes indicios para determinar que se constituyó un abuso del derecho de voto:

a. La existencia previa de un conflicto entre accionistas
b. Maniobras sigilosas para llevar a cabo la decisión que resultara en perjuicio para algunos accionistas y en beneficio para otros.
c. El comportamiento de los accionistas que pueda entenderse como intención dañosa.

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