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Internacional


Baker Mckenzie

Actualización legal del mercado global de derivados I: Europa

12 de enero de 2016

Sebastián Boada Morales

Asociado senior en Baker McKenzie
Baker Mckenzie
Canal de noticias de Asuntos Legales

¿Por qué la Unión Europea emite normas financieras que afectan a contrapartes colombianas?

En respuesta a la crisis financiera del 2007, los países del G-20 definieron una serie de estándares regulatorios que incluyen acciones tendientes a hacer más transparente el mercado global de derivados OTC. La Unión Europea (UE) expidió el Reglamento No 648/2012 del 4 de julio de 2012, conocido como Emir, con el objetivo de reducir el riesgo sistémico en los mercados financieros globales, mejorar la transparencia y proteger contra el abuso en dichos mercados.

Emir obliga a someter ciertas operaciones derivados suscritas por entidades en terceros países (distintos de la UE) a la obligación de compensación. La justificación es que ello mejora la estabilidad financiera en la UE. La aplicación extraterritorial de Emir se da en dos situaciones: (i) cuando una contraparte colombiana celebre transacciones de derivados con una europea; o (ii) cuando una transacción entre dos contrapartes que no sean de la UE (por ejemplo una colombiana y una de los EE.UU.) tenga un efecto directo, importante y predecible dentro de la UE, o cuando estas obligaciones sean necesarias o adecuadas para evitar la elusión de Emir.

¿Cómo afecta la obligación de compensación a las contrapartes colombianas?

La obligación de compensación afecta a las contrapartes colombianas en la medida en que ahora sus operaciones sobre ciertos derivados, con contrapartes europeas o que afecten un territorio de la UE, deberán ser obligatoriamente compensadas en una CCP autorizada o aprobada por la UE. 

¿En qué consiste la obligación de compensación?

La obligación de compensación consiste en que las operaciones celebradas en el mercado extrabursátil (mercado OTC) sobre ciertos productos derivados, deben ser llevados a una CCP aprobada o autorizada por la UE. De esta forma, una operación que originalmente era bilateral, será remplazada o novada por dos operaciones adicionales. Estas dos operaciones son celebradas ahora con la CCP, la cual se interpone entre las dos partes originales, con el objetivo de reducir el riesgo de crédito. 

¿Cuándo empieza a regir la obligación de compensación y qué productos están?

La reglamentación europea establece que las contrapartes deberán compensar obligatoriamente ciertas transacciones en una serie de fechas que van desde junio de 2016 hasta diciembre de 2018. Establece una entrada en vigencia escalonada, la cual aplicará dependiendo del tipo de contraparte que se trate. Inicialmente los productos sujetos a la obligación de compensación son swaps sobre tasas de interés (IRS) sobre monedas del G-4.

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