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  • Fabio Humar J.

jueves, 8 de agosto de 2019

Las cosas como son. Los argumentos de que el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias no se robó un peso son medio simples y poco profundos. La sentencia, y los hechos que se investigaron, deben ser analizados lejos del calor político.

¿Fue la sentencia contra Andrés Felipe Arias una sentencia justa? ¿Es suficiente el argumento de que Arias no se robó un solo peso?

Es cierto que no se robó un peso, pero es que ese no es el delito del que lo acusan. Argumentar eso es tanto como decir que el código penal solo tiene un delito, el del hurto o enriquecimiento ilícito.

Los delitos que la Fiscalía General de la Nación acusó fueron otros, y la Corte Suprema, su sala penal, lo encontró responsable de eso.

¿Fue justa la condena? El derecho no es justicia. Algunas veces coinciden, pero a mayoría de las veces no. El ideal es que coincidan pero, insisto, eso no siempre pasa. ¿Cuántas veces no se ha visto una sentencia profundamente injusta, pero que al fin y al cabo en sentencia? Así, pues, que el argumento de que es una condena injusta no vale la pena analizarlo.

Otro argumento expuesto es que la Fiscalía se ensañó con Arias. Sí, es verdad. Pero es que, lamentablemente, ese el rol de la Fiscalía. Así como se espera que los jueces sean imparciales, se espera que la Fiscalía, desde luego que dentro del respeto de derechos mínimos, haga sus investigaciones. El papel del a Fiscalía es la de perseguir a los posibles sujetos que cometieron un acto criminal. Eso hizo con Arias, y la Corte Suprema le dio la razón.

Ahora, la crítica que sí vale la pena hacer es otra, y es el papel de la Corte Suprema de Justicia.

Primero, las famosas grabaciones. Por ser obtenidas de manera ilegal, las mismas no pueden ser valoradas, pero sí que dan escalofríos oír como los magistrados decían, sin pena, que se debía condenar a los uribistas por ser tales. Gravísimo grabar a la Corte, pero resultó tan grave como lo que se oye en las esas cintas. Fallos vengativos, magistrados encarnizados contra ciudadanos, y un sentimiento y solidaridad de cuerpo poco sanos.

Segundo, a riesgo de ser excesivamente técnico es preciso decir que, en mi criterio, la sentencia padecía de errores graves: ¿Por qué la conducta de Andrés Felipe Arias es culposa para la procuraduría, pero dolosa para la Corte? ¿Por qué decenas de veces se había contratado con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, pero hasta ahora fue ilegal? ¿Por qué para la Corte un contrato estatal y convenio estatal de asociación son lo mismo? ¿Acaso ya no existe el principio de tipicidad?
Tercero, la única instancia. Es cierto que eso es violatorio de los derechos más elementales y básicos de las personas. Se le violaron sus derechos a Andrés Felipe Arias, y a otros cientos (Gobernadores, Senadores, Parapolítica, etc). La segunda instancia no garantiza que la sentencia sea revocada, pero sí que la misa tendrá mayor legitimidad.

Finalmente, y a propósito del infame cartel de la toga: En países más serios, cuando un funcionario que estuvo vinculado, de alguna forma, con la investigación (Juez, Fiscal o incluso un policía) es investigado por corrupción, en todos los casos que ese funcionario participó son analizados y declarados nulos. ¿Acá por qué no?
Si cobraron por absolver culpable, quizá cobraron por condenar inocentes.

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