La norma introdujo cambios en los contratos a término fijo y por obra o labor, regula el proceso disciplinario laboral, amplía las licencias remuneradas, cambia la naturaleza del contrato de aprendizaje y refuerza la protección a mujeres, personas con discapacidad y víctimas de violencia. También regula el
trabajo en plataformas digitales, promueve la inclusión laboral y flexibiliza
modalidades como el teletrabajo.
La Ley 2466 de 2025 modifica el Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 50 de1990, la Ley 789 de 2002 y otras normas con el objetivo de promover el trabajo digno y decente, garantizar derechos laborales, fomentar la formalización, regular nuevas formas de empleo y proteger a los grupos más vulnerables.
¿Qué cambios se introdujeron en los contratos laborales?
Contrato a término indefinido, se ratifica como la regla general para la vinculación laboral. El Contrato a término fijo, debe constar por escrito y su duración máxima será de 4 años, incluyendo el término inicial y sus prórrogas. Se establecen nuevas reglas para la prórroga pactada y automática. Contrato
por obra o labor, debe constar por escrito y detallar la labor específica. Se podrá adicionar la obra o labor pactada, así como pactar una nueva obra. El contrato accidental o transitorio no fue modificado.
¿Cómo cambia la jornada laboral?
Jornada máxima: 8 horas diarias y 44 horas semanales desde el 15 de julio de 2025, las cuales disminuirán a 42 el 15 de julio de 2026, y que podrán ser distribuidas entre 5 y 6 días, garantizando un día de descanso. El número de horas de trabajo diario podrá distribuirse de manera variable.
Trabajo nocturno: se redefine el horario nocturno a partir del 25 de diciembre de 2025 que iniciará a las 7:00 p.m. y terminará a las 6:00 a.m. Trabajo suplementario (horas extra): se elimina la necesidad de autorización por parte del Ministerio del Trabajo para laborar horas extra. Si el empleador no
paga las horas extras, el Ministerio del Trabajo podrá suspender la facultad de
trabajar horas extras por 6 meses.
Recargo por trabajo en días de descanso obligatorio: el recargo aumenta gradualmente del 75% al 100%, quedando 80% el 1 de julio de 2025; 90% el 1de julio de 2026 y el 100% el 1 de julio de 2027.
Día de descanso obligatorio: las partes pueden acordar que el día de descanso sea cualquier día de la semana en lugar del domingo. Adicional se crea la posibilidad de que el trabajador que tenga responsabilidades familiares de cuidado solicite una jornada flexible o modificación de modalidad de prestación de servicios y el empleador deberá dar respuesta fundamentada en un plazo de
15 días hábiles.
¿Qué novedades trae la ley sobre el teletrabajo?
Se mantienen el teletrabajo autónomo, móvil y suplementario (ahora denominado híbrido). Se introducen las modalidades de teletrabajo transnacional y temporal/emergente como nuevas categorías. Los teletrabajadores que devenguen menos de 2 SMLMV recibirán un auxilio
de conectividad, el cual será equivalente al auxilio de transporte.
En el teletrabajo transnacional, el empleador debe contratar un seguro que cubra las prestaciones asistenciales en salud y las ARL proveerán cubrimiento con la posibilidad de cobrarle al empleador pólizas adicionales.
¿Cómo se regula el trabajo en plataformas digitales de reparto?
Se autoriza la contratación en plataformas digitales de reparto, tanto como trabajadores dependientes como independientes/autónomos. En estos últimos no se podrá exigir exclusividad, la base de cotización es el 40% de los ingresos y la empresa asumirá el 100% de las contribuciones a riesgos laborales.
Las plataformas deben informar sobre sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones, y deben inscribirse ante el Ministerio del Trabajo y reportar trimestralmente el número y modalidad de trabajadores activos.
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