i) Dejar en la categoría de contravenciones las conductas punibles de menor lesividad, incluyendo dentro de ellas las que actualmente requieren querella para el inicio de la acción penal
ii) Definir un procedimiento especial para las contravenciones y el delito de hurto de celulares
iii) Desarrollar la figura de la acusación privada, ofreciendo a las víctimas la posibilidad de ejercer la acusación, con el propósito de que el sistema penal acusatorio sea más ágil y eficaz frente al tema de las conductas punibles de menor lesividad.
¿Cuál es la estructura del proyecto?
El Proyecto consta de 143 artículos que modificarían y adicionarían la parte especial del Código Penal, Ley 599 de 2000, y el Código de Procedimiento Penal, Ley 906 de 2004.
¿Qué delitos fueron tomados como contravenciones para la aplicación del proyecto de Ley.
De acuerdo a la exposición de motivos del proyecto, y los comentarios efectuados por los ponentes, se denominaron contravenciones los delitos definidos en el Código Penal como contravenciones y Código de Procedimiento Penal como querellables, no entrando dentro de ellos las contravenciones de que trata el Código de Policía.
¿Qué cambios importantes hay en la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos?
En el proyecto se propone la figura de la indemnización integral en materia de querellas, entre otras reformas.
La figura de la indemnización integral permitiría que frente a las querellas o delitos contra la integridad física, siempre y cuando sean culposos, se extinga la acción penal si la víctima es reparada integralmente por el daño ocasionado.
¿Qué otros cambios incluye?
El proyecto incluye la propuesta del “Acusador Privado” para conductas contravencionales, otorgándole al abogado de la víctima la facultad de investigar y recolectar pruebas tendientes a demostrar la culpabilidad de quien sea investigado. Si la víctima no desea o no cuenta con los recursos para acudir a esta figura tendrá que asumir la labor investigativa la Fiscalía, a través de los cuerpos de investigación.
Se consagra un procedimiento especial abreviado para el trámite de las contravenciones, el cual se tramitará en dos fases: I).- Una sola audiencia, en la que se surtirá la etapa de conciliación, el allanamiento a cargos en caso de que el procesado decida aceptarlos, la presentación de pruebas, la audiencia de acusación y la audiencia preparatoria, y II).- Una audiencia concentrada en la que se realizará el juicio oral, cuya decisión será comunicada mediante escrito.
¿Qué Importancia tiene la aprobación de la Ley
De ser aprobada la Ley contribuiría en gran medida a la descongestión que se viene presentado en el sistema penal acusatorio, por cuanto en ella se da realce a la aplicación de los mecanismos alternativos de solución de conflictos, y la posibilidad de que la víctima asuma la condición de investigador privado.
¿Cuál es el estado de la reforma?
A la fecha el proyecto se encuentra en segundo debate en el Senado.
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