Juan Fernando Díaz Reyes, Asociado de Lloreda Camacho & Co

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martes, 16 de junio de 2020

Recientemente fue conocido en Colombia, que un grupo de reconocidos economistas y constitucionalistas del país, presentaron ante la Corte Constitucional una demanda con el fin de que se declare la inconstitucionalidad de todo el Estatuto Tributario (“ET”). Esta iniciativa surgió con el fin acabar con el sistema tributario colombiano actual y crear uno progresivo, eficiente, equitativo y justo.

Para lograr estos objetivos, los demandantes le solicitaron a esta alta corte que declare, entre otras cosas: (i) la inexequibilidad del ET y todas las leyes o normas que lo hayan modificado, (ii) el diferimiento de los efectos de la inexequibilidad por dos años, prorrogables por otros dos años, (iii) exhortar al Congreso de la República para que, dentro del mencionado plazo, expida un nuevo ET que cumpla con los principios del derecho fiscal; y, (iv) la creación de una comisión de expertos para asesorar y hacerle seguimiento al Congreso en esta tarea.

Si bien es cierto que en esta demanda se enuncian problemas estructurales de nuestro sistema tributario, a continuación, planteo algunos cuestionamientos que permiten identificar algunas inconsistencias de la mencionada iniciativa:

¿Todo el sistema tributario viola los principios de progresividad, equidad y eficiencia?

No, nuestro sistema tributario también tiene normas y beneficios que velan por la equidad y la progresividad, por el sector agropecuario, por apoyar a los emprendedores, a los sectores creativos y culturales, al desarrollo tecnológico, al medio ambiente, a las entidades sin ánimo de lucro, por solucionar los efectos negativos del conflicto armado, entre otras causas. Dentro de estos beneficios rescato algunos de ellos:

_ Rentas exentas para empresas de la economía naranja.

_ Reducción de la renta y exclusión de IVA, para compañías que producen y utilizan energía a partir de fuentes no convencionales.

_ Reducción de tarifas en el impuesto sobre la renta (inclusive a 0%), para compañías que se constituyan y operen en las Zomac.

_ Rentas exentas para las Esales que reinviertan su beneficio neto o excedente en sus actividades meritorias.

¿La inconstitucionalidad del Estatuto Tributario soluciona los problemas de progresividad, equidad y eficiencia del sistema tributario?

Si bien es cierto que parece un muy buen primer paso, podría ser también un paso en falso, en la medida en que la solución realmente la tendría el Congreso de la República, órgano que tendría que elaborar dicho compendio normativo en una época de crisis económica.

De otra parte, no es preciso afirmar que demandar el Estatuto Tributario es igual a demandar todo el sistema tributario, puesto que existen muchas normas tributarias que no están en el Estatuto Tributario, ni en las leyes que lo adicionan o modifican. En este orden de ideas, una eventual declaratoria de inconstitucionalidad del Estatuto Tributario, dejaría vigentes muchas normas que hacen parte del sistema tributario y que seguramente tampoco son progresivas, equitativas y eficientes.

Probablemente no es conveniente una declaratoria de inconstitucionalidad de todo el Estatuto Tributario, pues esto implicaría eliminar aspectos muy positivos del mismo, mayor inseguridad jurídica y no lograría una solución efectiva al problema. Para tener un sistema tributario más justo, puede ser mejor orientar los esfuerzos a identificar, eliminar y reemplazar aquellas normas que violan los principios de nuestro régimen fiscal.

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