En 2021 fue expedida le Ley 2173, cuyo objetivo es la creación de vida y bosques mediante la siembra y aumento de la cobertura vegetal, a través de la colaboración entre empresas y entidades.
El artículo 6 de esta Ley obliga a las medianas y grandes empresas a desarrollar un programa de siembra de árboles en las denominadas Áreas de Vida. Sin embargo, su aplicación quedó sujeta a la reglamentación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El pasado 17 de octubre de 2025, el Ministerio emitió la Resolución No. 1491, mediante la cual se reglamenta la Ley 2173 de 2021. Dicha resolución define qué empresas deben cumplir con el programa de siembra, dónde ejecutarlo y el procedimiento para hacerlo.
¿Cuáles empresas deben implementar el programa de siembra?
Las medianas o grandes empresas, según sus ingresos por actividades ordinarias anuales y el sector de la economía al que pertenecen. En particular:
- Sector manufacturero, serán las empresas con más de 204.995 UVT.
- Sector servicios, las que superen 131.951 UVT.
- Sector comercio, las que tengan más de 431.196 UVT.
¿Cómo implementarlo?
Las autoridades municipales o distritales realizarán la convocatoria para identificar y delimitar las Áreas de Vida donde las empresas deben implementar el programa de siembra. Posteriormente, esta información será reportada al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Una vez delimitadas y reportadas, las empresas deberán:
- Consultar en las páginas web municipales o distritales, o en los Datos Abiertos del Sector Ambiente, las Áreas de Vida disponibles.
- Verificar ante la autoridad municipal la disponibilidad del Área de Vida.
- Elegida el Área de Vida, deberán comunicar esta decisión por escrito al municipio o distrito.
- Presentar el programa de siembra, cuyo contenido está en el artículo 13 de la Resolución, el cual deberá ser aprobado por la autoridad competente.
- Presentar una certificación donde conste el número de empleados con contrato vigente al 31 de diciembre del año anterior al que se presenta el programa de siembra.
- A partir de su aprobación, las empresas contarán con un año para implementar el programa de siembra.
- Informar por escrito a la autoridad ambiental del inicio de la ejecución del programa, con al menos diez días de antelación.
- Al finalizar la ejecución, remitir un informe de cumplimiento y reportar las acciones realizadas a través de la plataforma “Proyectos de Restauración”.
- La autoridad competente emitirá un certificado de “Siembra Vida Empresarial”.
¿Cuántos árboles debe sembrar la empresa?
Cada empresa deberá sembrar 2 árboles por cada trabajador.
¿Qué se entiende por trabajadores?
Toda persona con contrato de trabajo vigente a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la presentación del programa de siembra. Se excluyen de este conteo a los menores de edad con contrato de trabajo o aprendizaje, empleados en período de prueba, los trabajadores con contrato ocasional o transitorio, los contratistas y los trabajadores en misión.
En conclusión, las medianas y grandes empresas ahora si deben cumplir con su obligación de crear e implementar su programa de siembra, cuya magnitud y alcance depende del tamaño de su planta de personal.
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