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Penal


Universidad del Rosario

La interseccionalidad, herramienta clave para la población privada de la libertad

7 de febrero de 2025

Daniela Noemí Alzate Callejas

Asesora del Área de Derecho Penal del Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario
Universidad del Rosario

danielan.alzate@urosario.edu.co
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El área de derecho penal del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario realiza periódicamente brigadas en diferentes Centros Penitenciarios de la ciudad de Bogotá, desplazando grupos de estudiantes y funcionarios a estas instituciones con el propósito de brindar asesorías y recopilar los casos en los que pueden acompañar jurídicamente a las personas privadas de la libertad (PPL).

En las diferentes entrevistas que se han recolectado en el marco de esta dinámica, el área ha logrado identificar que muchos usuarios tienen consultas relacionadas no solo con su condena sino con las condiciones particulares que atraviesan durante el cumplimiento de esta. De esto surge la necesidad de atender las diferentes problemáticas desde enfoques específicos, es decir, la implementación de la interseccionalidad.

La interseccionalidad resulta de gran importancia porque es una categoría analítica que permite relacionar las diferentes estructuras sociales de las que hace parte un individuo por ser de determinado género, tener cierta nacionalidad, encontrarse en una condición socioeconómica específica, por su edad o por estar privado de la libertad. Esta herramienta se hace necesaria una vez se evidencia que la discriminación se agudiza según la interacción de los múltiples factores que reúne cada persona.

En el caso de la población privada de la libertad, hemos identificado que la concurrencia de diferentes factores conduce a precarizar sus condiciones, como se evidencia en los casos de aquellos usuarios de la población LGBTIQ+, la población adulta mayor, las personas en condición de discapacidad y las mujeres que provienen de contextos de marginalidad, cuyo paso por la cárcel representa mayores dificultades.

Entonces, ¿cuáles son las estrategias jurídicas que se pueden implementar para atender las vulneraciones de derechos que implica esta discriminación interseccional? Desde el Consultorio hacemos uso de variados instrumentos jurídicos que se sustentan en consideraciones jurisprudenciales y disposiciones legales.

Por ejemplo, en los casos de las mujeres que provienen de contextos de marginalidad, son cabeza de hogar y están privadas de la libertad por la comisión de delitos relacionados con el hurto o el tráfico de estupefacientes, se pueden realizar solicitudes de aplicación de la Ley 2292 de 2023 (Utilidad Pública), una política criminal con enfoque de género que reconoce la interacción de la privación de la libertad con la situación socioeconómica y el género.

En esta misma línea se ha pronunciado la Corte Constitucional en decisiones como la C-348 de 2024, en la que declaró inexequible el requisito de calificación “grave” de una enfermedad para otorgar la sustitución de la pena privativa de la libertad a aquellas personas que atravesaran una condición de salud cuya relación con la reclusión afectara su dignidad humana.

Así, las estrategias jurídicas requieren la implementación de estas herramientas por parte de todos los operadores del sistema penitenciario y de esta manera conseguir una efectiva materialización del enfoque interseccional.

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