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  • Isabella Gandini

sábado, 13 de enero de 2018

¿Qué obligaciones se avecinan para los empleadores?
Los empleadores deben proceder a calcular las cesantías causadas en el año 2017, con el fin de pagar los intereses a las cesantías directamente al trabajador a más tardar el próximo 31 de enero de 2018, y depositar el valor de las cesantías en los fondos de cesantías a los cuales se encuentren afiliados los trabajadores. Las cesantías deben consignarse a más tardar el martes 14 de febrero de 2018. En el régimen tradicional de cesantías, dicha prestación solo se liquidará al momento de la terminación del vínculo laboral.

¿Pueden los trabajadores cobijados por el régimen anterior de cesantías acogerse al nuevo sistema?
Es factible que los trabajadores se acojan al nuevo régimen de cesantías. Una simple comunicación escrita manifestando su voluntad basta.

¿Quiénes tienen derecho al pago de cesantías e intereses a las cesantías y cuál es el salario base para su liquidación?
Los trabajadores que devenguen su salario en la modalidad ordinaria. La base para su liquidación es el último salario devengado, siempre que el monto no haya variado durante los últimos tres meses. Si varió o si se trata de salarios variables, será el promedio de lo devengado durante el último año de servicios.

¿Cuál es la tarifa correspondiente para el pago de los intereses a las cesantías?
Los empleadores deberán pagar unos intereses legales a una tarifa del 12% anual o proporcional por fracción de año laborado a aquellos trabajadores que no hubieran trabajado el año completo.

¿Cuáles son las consecuencias de incumplir con el pago de los intereses a las cesantías y con el depósito de las cesantías?
El empleador que incumple con el pago de los intereses a las cesantías estará sujeto a una sanción equivalente a una suma igual a los intereses liquidados por el correspondiente año (debe ser entregada al trabajador).
Por otra parte, el incumplimiento de pagar las cesantías conlleva a una sanción equivalente a un día de salario por cada día de retardo en el pago del auxilio de las cesantías. La omisión de depositar una anualidad, genera la mora hasta tanto no se haya pagado, con independencia de si las demás anualidades se pagan posteriormente.

¿Es posible que el trabajador solicite un pago parcial de cesantías?
Los trabajadores están facultados para solicitar el pago parcial de las cesantías para la adquisición, mejora o liberación de bienes raíces destinados a su vivienda.

¿Procede el retiro con destino a una mejora locativa en un inmueble objeto de un leasing habitacional?
No. Es factible pero para pagar abonos del contrato de leasing que se haya celebrado para fines de vivienda familiar.

¿Es posible pagarle las cesantías correspondientes al 2017 directamente al trabajador y no al fondo en el evento en que este acredite que las va a utilizar para educación y construcción?
El empleador podrá pagar las cesantías causadas en el 2017 directamente al trabajador en los eventos exceptuados, evento en el cual es crucial pedir al trabajador una comunicación formal por escrito aportando los documentos que acrediten que las cesantías serán empleadas para los fines permitidos y velar por el cumplimiento de los fines para los cuales se hizo tal solicitud.

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