Allison Andrea Góngora Bolívar, consultora Senior JHR Corp.

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jueves, 21 de octubre de 2021

Con la Ley 2155 de 2021, la más reciente reforma tributaria, denominada “Ley de Inversión Social”, el Gobierno adopta una serie de políticas fiscales que tienen como fin la lucha contra la evasión, el fortalecimiento del gasto social, la reactivación económica del país y, en particular, la generación de empleo.

La generación de empleo es, a nuestro criterio, uno de los elementos que requieren mayor enfoque por parte del Gobierno, si tenemos en cuenta que para el mes de agosto de 2021 la tasa de desempleo se ubicaba en 12,3%, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, lo que representó un avance de 4,5 puntos porcentuales comparado con meses anteriores, pero ubicándonos aún por encima de países como Chile y México, de acuerdo con datos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).

En este sentido, se hace relevante el conocimiento y aplicación de los diferentes mecanismos fiscales disponibles que buscan la reactivación económica a través de la generación de empleo y en especial para aquellos sectores más vulnerables de la población.

¿Cuáles son los beneficios fiscales existentes y que permanecen en la promoción de generación de empleo?

Se mantiene y se amplía la vigencia del Programa de Apoyo al Empleo Formal (Paef) hasta el 31 de diciembre de 2021. El beneficio consiste en que el Gobierno otorga mensualmente (por la vigencia del beneficio, el cual se ha mantenido desde mayo de 2020 hasta la fecha), un aporte por empleado correspondiente a 40% del salario mínimo ($351.000 para 2020 y $363.000 por 2021) para que, con él, las empresas paguen los salarios de sus trabajadores.

¿Cuáles son los nuevos beneficios para la promoción de la generación del empleo de la Ley 2155 de 2021?

Con la Ley 2155 se introducen tres beneficios fiscales destinados a la generación de empleo en el país, en particular se busca proteger a sectores de la población especialmente afectados con ocasión de la pandemia, como los jóvenes y las mujeres:

(i) Se reconocerá 25% del salario mínimo para empleadores que creen nuevos puestos de trabajo para jóvenes entre 18 y 28 años.

(ii) Trabajadores adicionales que no cumplen los requisitos del incentivo anterior (rangos de edad) y que devenguen hasta tres salarios mínimos legales mensuales, se otorgará al empleador un aporte estatal equivalente a 10% de un salario mínimo legal mensual por cada uno de estos trabajadores adicionales.

El incentivo estará vigente hasta agosto de 2023 y el empleador beneficiado sólo podrá recibir dentro de la vigencia un máximo de 12 pagos, es decir, un solo pago mensual por cada trabajador que cumpla con los requisitos.

(iii) Trabajadoras adicionales que no cumplen los requisitos del incentivo anterior (rangos de edad) y que devenguen hasta tres salarios mínimos legales mensuales, se otorgará al empleador un aporte estatal equivalente a 15% de un salario mínimo legal mensual por cada una de estas trabajadoras adicionales (mujeres mayores de 28 años).

Es importante recordar que estos incentivos en la generación de empleo son compatibles con los beneficios del Paef. En este sentido, se espera la generación de mas de 600.000 empleos para el año 2022, lo que consideramos será un importante avance en materia de reactivación económica y desarrollo social para el país.

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