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  • Rubiela Pacanchique

martes, 27 de agosto de 2019

En Colombia es posible la participación en el trámite de registro de derechos de propiedad industrial como signos distintivos, patentes y diseños industriales mediante la presentación de oposiciones. Con esta acción terceros interesados pueden presentar sus argumentos para evitar la concesión de derechos que no cumplen con los requisitos para otorgarse.

¿Cuál es el objeto de una oposición en el trámite de patente?

En primer lugar, el derecho de patente consiste en la facultad de explotar una invención de manera exclusiva, por un periodo determinado, a cambio de la información necesaria para reproducirla. El objeto de la oposición será desvirtuar el cumplimiento de los requisitos de patentabilidad (novedad, altura inventiva y aplicación industrial) de la invención, para que se niegue la patente o se restrinja el alcance de esta.

Teniendo en cuenta que el alcance de la patente está determinado por las reivindicaciones, el alcance se restringe cuando la materia contenida en las reivindicaciones se acerca al desarrollo tecnológico que es novedoso y soluciona un problema técnico de una manera que no es obvia (por lo general, lo contenido en las reivindicaciones es más amplio y general que lo realmente desarrollado).

¿Quién puede presentar una oposición?

En el trámite de patente las personas, naturales o jurídicas, que tengan “legítimo interés” pueden presentar oposiciones; en otras palabras, están legitimados aquellos que puedan verse afectados por la concesión de la patente. Por ejemplo, si se pretende la protección por patente de un medicamento contra el cáncer, podrían estar legitimados los pacientes, o asociaciones de pacientes, que tienen esta enfermedad, así como laboratorios farmacéuticos que produzcan o tengan interés en producir dicho medicamento; incluso, cualquier persona en general, toda vez que la concesión de una patente de medicamentos puede impactar el gasto público soportado por todos los colombianos.

¿Cuál es el término para interponer una oposición?

Si se trata de una patente de invención, el plazo para interponer oposiciones vence a los sesenta días hábiles de su publicación en la Gaceta de Propiedad Industrial; mientras que, si se trata de un modelo de utilidad, la oposición se puede presentar en los treinta días hábiles siguientes a su publicación.

¿Dónde puedo consultar la Gaceta de la Propiedad Industrial?

En la Oficina Virtual de la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC: http://sipi.sic.gov.co, en la sección “Consultas”, “Ver la Gaceta de la Propiedad Industrial”; allí se puede establecer la fecha de consulta, por lo general la SIC publica tres Gacetas cada mes, y buscar por tipo de derecho de propiedad industrial: diseños industriales, patentes (incluye modelos de utilidad) y signos distintivos.

¿Cuál es la importancia de la oposición en el trámite de patente?

A diferencia de otras jurisdicciones, el periodo de oposiciones ocurre antes de la concesión de las patentes; de manera que, el hecho de no presentar oposición, en caso de una concesión, imposibilita la presentación de recursos frente a esa decisión. Adicionalmente, una vez concedida una patente, es muy difícil lograr su nulidad, lo cual se hace mediante un proceso judicial muy demorado.

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