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  • Guillermo Tejeiro

jueves, 12 de septiembre de 2019

Los residuos de envases y empaques de ventas primarios, secundarios o de único uso, entendidos como todo recipiente, embalaje o envoltura de papel, cartón, plástico, vidrio y metal, nacionales o importados, puestos en el mercado nacional y que están concebidos para constituir una unidad de venta al consumidor final, fueron regulados mediante la Resolución 1407 de 2018. Hasta diciembre de este año, los productores e importadores de empaques y envases pueden presentar sus programas piloto de implementación de los Planes Colectivos de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - Anla.

¿Qué es un Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques?

De conformidad con lo dispuesto por la Resolución 1407 de 2018, el Plan de Gestión Ambiental de Residuos de Envases y Empaques es un plan de gestión ambiental que tiene por objeto asegurar que los residuos de envases y empaques se recuperen por medio de la reutilización, el reciclaje, la valorización energética, y/o el coprocesamiento, con el fin de incorporarlos al ciclo económico para la generación de beneficios sanitarios, ambientales, sociales o económicos.

¿Quiénes están obligados a presentar dicho plan y ante qué entidad?

Todos los productores e importadores de envases y empaques que, a efectos de la norma: (i) fabriquen, ensamblen o remanufacturen bienes para su comercialización en el territorio colombiano, de su propia marca, siempre que se realice en ejercicio de actividad comercial con destino al consumidor final y que estén contenidos en envases y/o empaques; (ii) importen bienes para poner en el mercado nacional, con destino al consumidor final contenidos en envases y/o empaques; (iii) Pongan en el mercado como titulares de la marca exhibida en los envases y/o empaques de los diferentes productos; (iv) pongan en el mercado envases y/o empaques diseñados para ser usados por una sola vez. De conformidad con lo dispuesto por Resolución 1407, los productores o importadores de envases y empaques podrán definir y presentar sus planes de manera individual o colectiva ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - Anla.

¿Cuál es la meta a la que apunta la norma en términos de porcentajes de residuos de envases y empaques aprovechados a nivel nacional?

La Resolución establece metas anuales progresivamente más exigentes desde el primer periodo de cumplimiento en 2021. Según lo dispuesto por el Artículo nueve de la Resolución 1407, para 2030 deberíamos estar aprovechando 30% del total de los residuos de envases y empaques a nivel nacional.

¿Qué es el plan piloto y por qué es importante?

Para aquellos productores e importadores que deseen aplicar por un plan colectivo de gestión de envases y empaques, la norma los habilita a presentar dicho plan piloto hasta diciembre de este año. La ventaja del plan piloto es que los elementos recolectados durante 2020 en el marco del piloto serán contabilizados para el cumplimiento de la meta del periodo 2021, correspondiente a 10%. La fecha límite de presentación del plan piloto es el 31 de diciembre de este año.

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