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  • Diana Zuleta Martínez

lunes, 9 de abril de 2018

El Ministerio de Salud y Protección Social (Msps), mediante la Resolución 768 del 7 de marzo de 2018 (la Resolución), adoptó las reglas y condiciones generales para la operación del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT), que deben ser cumplidas por quienes intervengan en la afiliación, reporte de novedades e información relevante para la operación del sistema.

¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Resolución?
Esta aplica a: quienes van a afiliarse; afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (Sgsss); entidades responsables de afiliación colectiva, institucional y de oficio; empleadores y otros aportantes; entidades promotoras de salud; entidades obligadas a compensar; entidades territoriales; instituciones prestadoras de servicios de salud; la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud; operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes; la Superintendencia Nacional de Salud; entidades que administran los regímenes especiales y de excepción; y quienes deban adelantar trámites en el SAT.

¿Cómo es la operación del SAT?
El Msps dispondrá, en el portal miseguridadsocial.gov.co, las funcionalidades para registrarse y autenticarse, realizar las transacciones de afiliación, reportar novedades, registrarse con el “Rol Empleador” y consultar sobre la condición de afiliación en el Sgsss.

¿Cómo es el registro en el SAT?
La realización de transacciones en el SAT requiere que los usuarios se registren en el portal con su documento de identidad vigente. El sistema validará el documento y asignará una clave, con la que el usuario podrá acceder al SAT y realizar transacciones de acuerdo con los roles autorizados previamente.

¿Cuáles son las transacciones en el SAT?
Se podrán realizar transacciones de afiliación, reporte de novedades y registro con el “Rol Empleador”.

¿Cómo opera la disposición de las transacciones efectuadas?
El SAT reportará a cada EPS y entidad territorial las transacciones de afiliación y reporte de novedades de los afiliados inscritos, y dispondrá para consulta de los empleadores y otros aportantes los datos básicos de la afiliación de aquellos por quienes se encuentran obligados a pagar aportes al Sgsss.

¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento del reporte de información?
Quienes incumplan serán reportados ante el Msps y las autoridades competentes para imponer las sanciones respectivas.

¿Cómo es el tratamiento de la información en el SAT?
Las entidades que participen en el acceso, registro, consulta, flujo y consolidación de la información serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos.

¿Cuándo entra en operación el SAT?
Entrará gradualmente en operación a partir del 15 de marzo de 2018. El MSPS migrará la información de la Base de Datos Única de Afiliados (Bdua) en le mismo mes. El Bdua y el SAT operarán de simultáneamente hasta que el Msps determine la operación plena del SAT. Desde mayo de 2018 las EPS no podrán requerir los documentos para acreditar la calidad de empleadores y otros aportantes que hubieren realizado el registro de “Rol Empleador” en el SAT, ni cuando estos realicen transacciones de novedades que estén en operación en el SAT.

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