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Comercial y de la empresa


Muñoz Abogados

¿Se puede proteger la apariencia de un establecimiento comercial como marca?

22 de agosto de 2014

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¿La representación de un espacio comercial mediante un dibujo sin proporciones, para la prestación de servicios (Layout), se puede asimilar a la presentación del producto o Trade-dress? 
La cuestión de fondo radica en determinar si resulta esencial la inclusión de elementos adicionales tales como medidas, proporciones, datos exactos de ubicación, para que la apariencia de una tienda o establecimiento de comercio, pueda ser registrado como marca para identificar servicios en el mercado. Para el correcto estudio de este planteamiento, debemos acudir a los parámetros que consagran las normas de la CAN en relación con las marcas, a saber; i) Existencia de un signo; ii) Que sea susceptible de representación gráfica; iii) Que identifique productos o servicios. (D. 486/2000. Art. 134). 

Es así como la utilización de un dibujo para ilustrar las condiciones que permiten identificar las características de un establecimiento de comercio, aún sin incluir medidas o proporciones, cumple a satisfacción con los dos primeros requisitos (representación gráfica de un signo), lo que sumado a la clase en la cual se solicite el registro (clases que identifican servicios), puede arrojarnos una conclusión favorable en los mismos términos de la Corte de la Comunidad Europea.  

Para este tipo de signos, la distintividad y la forma en que el consumidor los percibe, es natural y casi intuitiva, pues la apariencia y la disposición de formas, colores, ubicación, iluminación, y demás características, le permiten saber de qué empresario se trata, y se genera un escenario en el cual se puede prescindir de logos, letras y diferentes marcas convencionales. 

¿Se debe realizar el registro bajo una modalidad especial en Colombia?
Actualmente la protección de este tipo de marcas en Colombia, se realiza a través de registros figurativos, y no existe formalidad alguna en torno a la inclusión de medidas o proporciones, lo que supone que en nuestro país se pueden registrar marcas para identificar establecimientos de comercio (o tiendas) que identifiquen servicios consagrados en las clases 35 a 45 internacional de Niza.   

¿Cuál es el verdadero alcance de un registro figurativo que refleje la apariencia de un establecimiento?
El alcance de la exclusividad y la efectividad de las acciones de defensa que tiene el titular de la marca, dependerán del análisis que el operador judicial realice sobre el caso en concreto, y de su percepción sobre la marca registrada. Algunos  operadores la pueden concebir como una marca figurativa (pura y simple) y limitar su uso a la impresión o fijación en una superficie determinada, sea esta digital o análoga. Otros operadores la entenderán como el conjunto de elementos graficados que coinciden con los que se incluyen en un establecimiento, y entonces permitirán una mayor efectividad del derecho de propiedad industrial subyacente.   

¿Cómo se prueba el uso de una marca que refleja el Layout ante un juicio de cancelación por falta de uso? 
Uno de los aspectos más complejos en relación con las marcas que protegen la apariencia de un establecimiento o Layout, se presenta al considerar la defensa ante un juicio de cancelación por falta de uso, ya que el uso que el titular deberá acreditar deberá ser “real y efectivo”, pero las herramientas probatorias que más se valoran hoy en día en estos procesos, pierden fuerza, pues difícilmente en facturas se reflejan estas características, y la veracidad derivada del registro fotográfico, se puede cuestionar con gran facilidad, de manera que será la creatividad y los recursos tecnológicos los que permitan defender de manera efectiva una marca de tal naturaleza en Colombia.

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