Asociada Senior de Brigard Urrutia

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  • Mónica Gutiérrez

miércoles, 9 de marzo de 2022

Al margen del gran revuelo por las elecciones legislativas y presidenciales y por la afortunada reactivación de la economía, 2022 ha dado señales de ser un año particularmente retador desde la perspectiva legal para múltiples sectores económicos. El sector educación no será la excepción y se enfrenta, de entrada, a nuevas leyes que implican para sus actores tomar prontas acciones para proteger su sostenibilidad financiera y operativa, así como para garantizar los derechos de los educandos a lo largo del país.

¿Cuáles son las nuevas normas para el sector?

La Ley 2170 de diciembre de 2021 establece nuevas responsabilidades a cargo del Estado, las instituciones educativas y las familias, respecto al uso de las TIC . En un plazo máximo de dos años, el Ministerio de Educación reglamentará la citada ley para implementar lineamientos específicos destinados a las instituciones educativas que, con seguridad, implicará para la mayoría del sector la adopción de nuevas medidas enfocadas en aumentar su capacidad tecnológica para la prestación del servicio de educación.

Las instituciones se enfrentan a un doble reto, pues además de atender los lineamientos y reglamentos del Gobierno Nacional, deberán complementariamente atender las disposiciones de las secretarías locales de educación, quienes estarán encargadas de hacer seguimiento al cumplimiento de la reglamentación.

El sector educativo público tampoco se escapa de las novedades. La Ley 2167 de diciembre de 2021 amplió el alcance del Programa de Alimentación Escolar (PAE), al autorizar a las entidades territoriales encargadas de prestar el servicio de alimentación escolar, a realizar transferencias a los Fondos de Servicios Educativos de los establecimientos educativos cuando la institución se encuentre ubicada en zona rural, o cuando la asociación de padres de familia haya manifestado interés en encargarse de la prestación de ese servicio.

Al respecto, es de amplio conocimiento el abundante caudal informativo en el que se ha denunciado las deplorables condiciones en que se ejecuta el PAE en diversas regiones del país. Esta norma, a la fecha pendiente de ser reglamentada, pretende alcanzar mayor eficiencia y oportunidad en la prestación del PAE, de manera que un gran número de instituciones puedan acceder de forma más directa a los recursos del programa y ejecutarlo de acuerdo con las necesidades específicas de su comunidad académica. Esperemos que este tipo de medidas sean favorables respecto a la canalización de este tipo de recursos.

Finalmente, a partir de la Ley 2173 de diciembre de 2021 que promueve la restauración ecológica a través de la siembra de árboles y la creación de bosques, se indica que las instituciones de educación superior deberán articular esfuerzos con las secretarías locales ambientales y de planeación para garantizar que los miembros de las comunidades educativas sean parte de las actividades de siembra y obtengan el certificado ‘Siembra Vida Buen Ciudadano’. Con la obtención de este certificado, la comunidad estudiantil y quienes participen en el proyecto recibirán, en materia de educación, beneficios como: descuento de hasta 10% del costo de la matrícula durante el primer periodo académico para estudiantes menores de edad que ingresen a instituciones de educación superior; descuento de hasta 5% del costo de la matrícula, por única vez, para los estudiantes de instituciones de educación superior que obtengan el certificado durante el año anterior; 10% de descuento en el valor a cancelar por expedición de documentos como: tarjeta profesional, registro civil de nacimiento, certificado de tradición y libertad de inmuebles; 5% de descuento en el valor a cancelar de un servicio público domiciliario de su elección, por única vez.

Los descuentos en las instituciones de educación superior serán definidos por estas de acuerdo con su viabilidad económica y bajo su propia autonomía.

Sin embargo, el impacto de esta ley no se limita a las instituciones de educación superior, puesto que las instituciones escolares podrán permitir a sus estudiantes realizar el Servicio Social Obligatorio a través de los Proyectos Ambientales Escolares, siempre y cuando cumplan las condiciones que la normatividad dispone para ambas actividades. Incluso, los PRAE podrán contar con un componente de cambio climático, gestión en la que las autoridades ambientales y secretarías de educación locales articularán los aspectos logísticos y técnicos necesarios para que los establecimientos educativos de su jurisdicción desarrollen este nuevo componente.

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