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Legislativo

Cómo afecta la cuarentena al régimen de visitas de los hijos de padres divorciados

La alternativa es llegar a un mutuo acuerdo donde los padres puedan decidir el uso de diferentes plataformas digitales

02 de abril de 2020

Daniel Rojas Castañeda


Canal de noticias de Asuntos Legales

En estos días de cuarentena nacional son muchos los abogados de familia que han recibido consultas de padres divorciados preocupados por la idea de no llegar a ver a sus hijos hasta que acabe la emergencia decretada por el Covid-19. Frente a este tema, surgen numerosas dudas que Asuntos Legales decidió preguntar a una serie de expertos.

Lo primero que debe tener en cuenta cualquier padre es que si bien el Decreto 457 de 2020 que estableció el Gobierno es un tanto ambiguo y no estipula la forma en que se va manejar el régimen de visitas en tiempos de cuarentena, en este no se hace ninguna excepción para la libre circulación de personas que declaren que salieron a recoger a su hijo/a.

Ahora bien, el abogado de familia Jorge Peralta, director de Peralta y Asociados Abogados, indicó que en estos casos no se podría hacer efectivo el régimen de visitas puesto que se da un hecho de fuerza mayor que puede llegar a afectar a la salud del hijo/a, y para cualquiera de los padres siempre debe primar la obligación de proteger al menos, según el Código de Infancia y Adolescencia.

“En este caso particular, la salud del menor de edad prima sobre el régimen de visitas, y es así por cuanto nos encontramos en una pandemia cuyas dimensiones de afectación en la salud son relevantes”, indicó el abogado.

No hay que olvidar que según los reportes de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y del Instituto Nacional de Salud (INS), los menores también están expuestos a infectarse por el Covid-19.

LOS CONTRASTES

  • Lina Paola Romero Directora de derecho. de Familia de Cohen Abogados

    “Se entiende que los menores de edad no pueden salir de sus hogares. No podemos hablar de que exista un incumplimiento en el régimen de visitas”.

Para Peralta, la mejor alternativa jurídica y de sentido común pensando en el menor, es llegar a un mutuo acuerdo entre las dos partes, en donde los padres puedan decidir el uso de diferentes plataformas digitales, con horarios y días, para que el otro tenga también el derecho de ver a su hijo/a.

Si a pesar de ello alguno de los padres no cumple con ese acuerdo y se llega a demostrar que se aprovecha la pandemia para impedir el contacto, se está actuando de una manera arbitraria que podría traer consecuencias legales a futuro.

La abogada Lina Paola Romero Castro, directora del área de Derecho Civil y de Familia de Cohen Abogados, indicó que “el padre que esté cuidando del menor deberá disponer de todos los mecanismos de comunicación idóneos para que el niño, niña o adolescente pueda estar en comunicación constante con el otro progenitor”.

Es recomendable que quien tenga la custodia genere una evidencia a través de diferentes vías, ya sea llamadas o mensajes, entre otros. Estas pruebas permitirán comprobar ante cualquier juzgado que se realizó el contacto. Si uno de los padres no respeta el aislamiento obligatorio puede llegar a ser objeto de sanciones.

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