Familia interespecie podría empezar a reconocerse, será debatido el 10 de noviembre

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  • Alejandra Rico Muñoz

jueves, 9 de noviembre de 2023

El debate se centrará en definir la posibilidad jurídica de otorgar reconocimiento a los animales de compañía como parte de la familia

Aunque el concepto de familia interespecie en Colombia no es reconocido por el derecho, ya hay muchas uniones que deciden tener una mascota en vez de un hijo. Los lazos de este tipo de familias pueden llegar a ser tan fuertes como si se tratara de un ser humano.

Estas relaciones se han hecho cada vez más frecuentes en las familias colombianas y nuestra ley, hasta hace poco, los consideraba bienes.

Sin embargo, hace un mes la Corte Suprema de Justicia tomó la decisión de reconocer por primera vez a un perro como integrante de una familia. Este hecho se dio después de que un hombre demandara a su exesposa porque no le dejaba ver a su “hija perruna”, alegando que esta situación le generaba una afectación emocional para el demandante y el animal.

El tribunal aseguró que “la hija perruna” sí hace parte del núcleo familiar y por ende el juzgado debe tener en cuenta tanto su bienestar como el de los dueños. Pero este debate no quedó ahí, mañana la Corte Constitucional realizará una audiencia pública en la que se busca “precisar cuáles son los principales retos o problemas jurídicos que se derivan de la doble connotación que ostentan los animales de compañía al ser reconocidos por la legislación como seres sintientes y, al mismo tiempo, bienes respecto de los cuales se predican derechos reales”. Es una sesión que estudiará la condición jurídica de los animales de compañía.

“El planteamiento del Tribunal Superior de Bogotá D.C. se basa en los vínculos afectivos que surgen con ocasión de la conformación de una familia, por lo tanto y teniendo en cuenta los vacíos legales al respecto, se debe tener claridad en que los seres sintientes son un sujeto de derecho al cuidado y al bienestar cumpliendo un rol en la familia como mascota mas no como un hijo, pues si bien puede integrar una familia, jurídicamente debido a sus capacidades, no puede cumplir roles sujetos a obligaciones”, explicó Marilyn Valencia, asistente legal para asuntos de familia, infancia y adolescencia de Riveros Victoria Abogados.

LOS CONTRASTES

  • Marilyn ValenciaAsistente legal para asuntos de familia de Riveros Victoria

    “El planteamiento del Tribunal Superior de Bogotá D.C. se basa en los vínculos afectivos que surgen con ocasión de la conformación de una familia”.

  • Juan Pablo Díaz Asociado Senior de Holland & Knight

    “La mayor dificultad que se presenta en la actualidad es una falta de normas y reglamentaciones sobre la materia, que aclaren el alcance a la noción de familia multiespecie”.

Por tanto, aunque en la ley colombiana aún la familia multiespecie no está definida, estos podrían ser los primeros pasos para que este hecho ocurra.

Además, la Corte aseguró que el debate se centrará en definir la posibilidad jurídica de otorgar reconocimiento a los animales de compañía como integrantes de una familia, definir las eventuales afectaciones al animal ocasionadas por la separación de los humanos y las afectaciones a las personas por la separación de un perro con el que conviven.

Tal como aseguró Juan Pablo Díaz Castaño, asociado Senior de Holland & Knight, “la mayor dificultad que se presenta en la actualidad es una falta de normas y reglamentaciones sobe la materia, que aclaren el alcance a la noción de familia multiespecie, los derechos y obligaciones que se generan en consecuencia frente a las mascotas, y su relación con otras normativas (e.j., de familia, civil, etc.) para brindar claridad en procesos tales como sucesiones, divorcios, etcétera”.

Tipos de familia

Para el derecho colombiano existen siete tipos de familia constituidas, las cuales son: la familia nuclear-tradicional, compuestas del padre la madre y los hijos; la monoparental, en la que solo un padre responde por el hijo; la homoparental, en la que la familia está compuesta por una pareja del mismo sexo; la ensamblada, que está formada por agregados de dos o más familias.

Además está la extensa, que está conformada por varios núcleos familiares en un mismo hogar; la de crianza, que es aquella que no tiene relación sanguínea con los miembros ; y la unipersonal, conformadas por una sola persona.

Valencia concluyó que el derecho debe ir conforme al desarrollo de la sociedad adaptándose a las necesidades actuales de los ciudadanos, por lo que la protección de la familia multi-especie es un paso en el desarrollo de la Constitución Política Colombiana de 1991.

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