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  • David Jáuregui Sarmiento

sábado, 23 de septiembre de 2017

Trámites como presentar la denuncia del documento público ya no son necesarios

Han pasado cinco años desde la creación del decreto 19 de 2012, conocido en la cotidianidad como “decreto antitrámite”, una resolución que pretende hacer la vida de los ciudadanos más amable y, a su vez, mejorar la relación de las personas con los procedimientos frente al Estado. Sin embargo, según expertos, a pesar de que en el papel muchas exigencias se han eliminado, los funcionarios, bien sea por desconocimiento o por simple falta de voluntad, no cumplen la norma y obligan a los usuarios de los asuntos públicos a hacer vueltas innecesarias.

De acuerdo con Juan Camilo Fandiño, asociado miembro de los equipos de Litigios y Arbitraje y Reestructuración, Insolvencia y Quiebra de la firma Dentons Cárdenas & Cárdenas Abogados, “el elemento humano, representado por los funcionarios encargados de hacerla cumplir, se ha convertido en el principal obstáculo para su total implementación”.

Por eso, AL consultó con expertos en el área como Fandiño o Angie Cuervo, abogada especialista en responsabilidad civil y daño resarcible de la Universidad Externado de Colombia, sobre cuáles son algunas de las exigencias que en la cotidianidad los funcionarios públicos siguen exigiendo a pesar de lo que dicta el decreto.

La primera es la declaración extrajuicio que, en palabras del asociado de Dentons Cárdenas & Cárdenas, debería obviarse, en cuanto “se entiende que la afirmación hecha por un particular, prestada bajo la gravedad de juramento, es cierta; que sucedió algo, y da fe que algo pasó”. Así mismo, resaltaron que un funcionario no debería exigir a un ciudadano un documento que reposa en la misma entidad, pues obligar al sujeto a hacer trámites de la institución dentro de ella misma es una pérdida de tiempo.

Otra diligencia innecesaria y que llama la atención por la regularidad con la que se presenta en ciudades como Bogotá, es pedirle a una persona presentar la denuncia por pérdida de documentos para la emisión o reemplazo de uno nuevo, como la cédula, así como la exigencia de la autenticación de documentos públicos, pues “todos los actos de un funcionario público se presumen auténticos y no se requiere su autenticación cuando reposen en los archivos de la entidad”, explicó Fandiño.

También, pedir la huella dactilar, salvo casos expresamente regulados; exigir a nacionales certificados de supervivencia para acceder a la pensión, solicitar firma autenticada, o certificados de estudios para mantener a los beneficiarios mayores de edad en la EPS, entre otros (ver gráfico), son algunas de las peticiones innecesarias. Otros trámites, como el certificado de libreta militar, las incapacidades ante las EPS o el pago de las multas de tránsito en solo una ciudad hacen parte de la lista.

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