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Legislación

Divorcios pasaron de dos por hora a cuatro, para septiembre de 2023 llegaron a 17.639

Los divorcios pasaron de dos por hora a cuatro, lo que representó que en el día pasaran de separarse 61,5 parejas a al menos 99

18 de enero de 2024

Alejandra Rico Muñoz


Los divorcios van en aumento, para septiembre del año pasado se registraron 17.639
Gráfico LR
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A veces la promesa que se hacen los enamorados al momento de casarse, de 'hasta que la muerte nos separe', termina más pronto de lo esperado. De hecho, según cifras de la Superintendencia de Notariado y Registro con corte a septiembre fueron 17.639.

Los divorcios pasaron de dos por hora a cuatro, lo que representó que en el día pasaran de separarse 61,5 parejas a 99 y de 1.237 por mes a 1.990 por mes. Para hacer este trámite, las parejas usaron los sábados, domingos e incluso los festivos.

Estas cifras las confirma Statista, que registra las más de 15.000 separaciones a septiembre de 2023. En su histórico demuestran que en 2020, año en el que inició la pandemia por covid-19, los divorcios tocaron un piso, pues solamente se separaron 19.341 parejas; no obstante, los dos años siguientes la cifra se disparó y tocó máximos, en 2021 fue de 27.738 y en 2022 de 28.239, la más alta de la historia.

Es por esto que si usted tiene contemplado en su plan de vida el matrimonio, tenga en cuenta que el final no siempre es el 'hasta que la muerte nos separe' y para que este momento no lo coja desprevenido, antes de dar el 'Sí, acepto' es importante que tanto usted como su pareja realicen las capitulaciones de sus bienes para proteger su patrimonio.

Incluso si usted tiene una unión libre con su pareja, debe tener presente este trámite, pues para la ley colombiana ya hay una unión de hecho después de los dos años de convivencia.

El artículo segundo de la Ley 54 de 1990 presume la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes y hay lugar a declararla judicialmente cuando “exista unión marital de hecho durante un lapso no inferior a dos años”.

Las capitulaciones se deben hacer antes de celebrarse el matrimonio o de cumplirse dos años de una unión marital de hecho (unión libre), y debe existir mutuo acuerdo entre la pareja. Al momento de efectuarlas, deberán presentarse ante un notario para firmarlas por medio de una escritura pública.

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