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Judicial

Superservicios formuló pliego de cargos por cobros irregulares en facturas del covid

Vanti, Alcanos, Gas Cundiboyacense, Enel-Codensa y Cedenar son las empresas que están siendo investigadas por facturación

04 de agosto de 2020

Daniel Rojas Castañeda


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios abrió una investigación y pliego de cargos contra seis empresas de energía y gas por posibles irregularidades, entre las que se encuentran los inconvenientes contra más de cuatro millones de personas por la medición y facturación del consumo del servicio durante los primeros meses de la pandemia.

De acuerdo con las pruebas recolectadas por la entidad durante marzo, abril y mayo, el consumo promediado se efectuó a 2,1 millones de suscriptores de Vanti, 729.784 de Alcanos, 372.491 de Gas Cundiboyacense, 362.315 de Gases del Caribe, 260.708 de Enel-Codensa y 151.895 de Cedenar, empresas que no llevaron adelante las acciones necesarias para medir un consumo real como lo establece la Ley 142 de 1992.

“Hemos formulado cargos a estas seis empresas luego de identificar presuntos incumplimientos a la ley en relación con la medición de los consumos y la no aplicación oportuna de las medidas expedidas por el Gobierno Nacional para favorecer a los usuarios de los servicios de energía y gas en esta contingencia”, aseguró la superintendente Natasha Avendaño.

Así mismo, Avendaño dijo que la investigación también reveló que Vanti, Alcanos, Gas Cundiboyacense y Gases del Caribe no cumplieron con la aplicación oportuna de la opción tarifaria transitoria, que fue implementada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) en la Resolución 048 de 2020, que tiene como objeto que el usuario vea reducido el cargo variable unitario de prestación del servicio. Así mismo, esta resolución obligaba a las empresas prestadoras de servicio de gas natural a ofrecer a los usuarios la opción para diferir en pagos (para estratos 1 y 2) su servicio.

LOS CONTRASTES

  • Fernando Andrés Pico Profesor de Derecho de Consumo de la Pontificia Universidad Javeriana

    “Los consumidores individualmente considerados no tienen ninguna reparación. Lo que hace esa medida es justamente probar que hubo una infracción”.

Adicionalmente, hubo otros dos casos en los que se investigó un presunto manejo inadecuado a un conflicto de intereses entre las empresas y sus usuarios por no haber tomado la decisión para aquellos consumos que inicialmente se habían facturado y terminar utilizado una tarifa más gravosa.

También se descubrió que la empresa Cedenar pudo haber facturado mediante un mecanismo conocido como “normalización” o denominado como “normalización de consumo”, el cual no se encuentra previsto en la normatividad vigente ni en el contrato de condiciones uniformes de la empresa. Este esquema pudo haber fraguado equivocaciones en el valor del consumo de 327.161 suscriptores entra marzo y mayo. “Ya todas están debidamente notificadas y están en tiempo para poder presentar sus descargos ante la Superintendencia”, aseguró Avendaño.

De hallarse culpables, se les deberá aplicar una sanción monetaria que dependerá de los cargos que se le formule a la empresa por las irregularidades cometidas; sin embargo, uno de los máximos de la multa que establece la ley es la de 100.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, unos $87.780 millones.

“Respetamos las decisiones de los entes regulatorios del Gobierno y estamos seguros de que las empresas involucradas en este proceso presentarán los descargos necesarios para aclarar cualquier duda en la prestación del servicio”, afirmó Naturgas.

Por otro lado, se reveló que entre enero y julio la entidad ha recibido 148.135 trámites diferentes (recursos; peticiones, quejas o reclamos; silencio administrativo) y 110.000 están relacionados con facturación.

Fernando Andrés Pico, profesor de Derecho de Consumo de la Universidad Javeriana, explicó que la violación a los derechos de los consumidores de los servicios públicos domiciliarios puede llevar a dos grandes implicaciones: uno son los procesos de orden administrativo que lleva la autoridad que vigila y controla y, por otro lado, unos derechos de orden particular o de daños particulares que puedan obedecer a cada consumidor en concreto.

“Si continúa el problema, la Superintendencia puede nuevamente por nuevas infracciones seguir investigando y elevando pliegos de cargos contra esas entidades, ya con unos agravantes que puede tomar unas medidas sancionatorias mucho más gravosas como la toma de posesión o remoción de representantes legales, y otras que corresponden propiamente a los consumidores. Y es que ellos tomen acciones de carácter contagioso directamente con esas entidades para exigir que se cumplan con las normas tarifarias y no les cobren o les restituyan lo mal cobrado durante ese periodo”, aseguró Pico.

Para los usuarios del servicio que estén o consideren que están sufriendo algún tipo de irregularidad en el consumo de sus servicios deben hacer- como primera instancia- su reclamo directamente con la empresa o, pueden llevar adelante esos trámites a través de cualquiera de las instancias de comunicación que ha ofrecido la entidad (e-mail, línea telefónica o página web).

De acuerdo con las cifras, la entidad ha recibido 34.142 peticiones, quejas y reclamos de primera instancia en sus diferentes canales de atención desde el 24 de marzo hasta el 22 de junio, de las cuales, 14.237 (42%) fueron recibidas en la plataforma “Te Resuelvo”.

Como siguiente medida y en dado caso que no le den respuesta en los siguientes 15 días realizada la solicitud, se podrá interponer un recurso de reposición, el cual es entregado a la empresa y remitido ante la Superintendencia. El prestador tendrá nuevamente 15 días para responder, una vez que lo haga se debe enviar el expediente completo para que la entidad pueda llegar a determinar si revocan, modifican o confirma la decisión tomada por la compañía.

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