Edictos y Avisos Legales
E D I C T O
RAMA JUDICIAL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
REPUBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO
EL JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DE VILLAVICENCIO META
E M P L A Z A:
Al señor RAFAEL ARTURO OJEDA GONZÁLEZ, cuyo paradero actual se desconoce, para que dentro del término de un (1) año contado conforme lo dispone el numeral 2º del Artículo 97 del Código Civil en concordancia con el artículo 583 numeral 2º inciso 2º del Código General del Proceso y numeral 1º del artículo 584 ibídem. Comparezca al proceso de DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO iniciado por la señora DORIS VIVIANA OJEDA CAMELO con radicado número 50001 31 10 004 2021 00448 00, en este Juzgado.
Se les advierte a las personas que tengan conocimiento del paradero del EMPLAZADO lo hagan saber al Juzgado.
EXTRACTO DE LA DEMANDA. 1.- La señora Doris Viviana Ojeda Camelo es hija de la señora María Teresa Camelo y el señor Rafael Arturo Ojeda González. 2.- La señora Doris Viviana Ojeda Camelo no convivió mucho tiempo con su padre debido a que cuando esta tenía 5 años, su padre fue asesinado en la Sierra de la Macarena en el Meta. 3.- Nunca fue registrada la muerte debido al conflicto armado en el año 1988. 4.- La demandante desconoce en que mes se supo la noticia de la muerte de su padre debido a su corta edad. 5.- La señora Teresa Camelo de Rincón mientras se encontraba con vida nunca realizó algún intento por registrar la muerte del padre de la demandante. 6.- La señora Teresa Camelo de Rincón falleció el 10 de septiembre de 2020. 7.- Desde 1988 no se tiene noticias del paradero del señor Rafael Arturo Ojeda González y desde entonces hasta hoy han transcurrido más de dos años. 8.- Al tiempo de su desaparecimiento no tenía bienes. 9.- Al momento del desaparecimiento del señor Rafael Arturo Ojeda tenía una hija quien es la solicitante en el presente proceso. 10.- El señor Rafael Arturo Ojeda tenía ascendentes quienes eran sus padres fallecidos. 11.- El último domicilio del señor Rafael Arturo Ojeda fue en la Sierra de La Macarena.
De conformidad con lo establecido en el numeral 2º del Art. 97 del Código Civil, en concordancia con el artículo 583 numeral 2º inciso 2º del Código General del Proceso y numeral 1º del artículo 584 ibídem, se hace entrega de las copia para las publicaciones de Ley que deberán efectuar en un periódico que se edite en la Capital de la República (Tiempo, La República y El Espectador), en un periódico local (Llano 7 Días) y una radiodifusora de alta sintonía de la ciudad, el catorce (14) de enero de 2022 siendo las siete y treinta de la mañana (7:30 A.M.).-
LEIDY YULIETH MORENO ÁLVAREZ
Secretaria
Elaboró: Doris P.
Revisó: Leidy Yulieth M.
Firmado Por:
Leidy Yulieth Moreno Alvarez
Secretario
Juzgado De Circuito
Familia 004
Villavicencio - Meta
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: 8cdd147ee209c34c405e8fae5a77d8a2884eaae4846062087a7e0786c016b23f Documento generado en 13/01/2022 03:21:06 PM
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