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Edictos y Avisos Legales





RESOLUCIONES

4 de junio de 2025

AVISO

CORMACARENA. RESOLUCION PS-GJ 1.2.6.25.0395 EXPEDIENTE PM.GA 3.37.6.09.005 - 3.37.6.023.012. “POR MEDIO DE LA CUAL SE PRORROGA UNA CONCESION DE AGUAS SUBTERRANEAS, SE RENUEVA UN PERMISO DE VERTIMIENTOS A FUENTE HIDRICA SE OTORGA UN VERTIMIENTO AL SUELO, SE ORDENA LA ACUMULACIÓN DEL EXPEDIENTE PM-GA.3.37.6.023.012 EN EL EXPEDIENTE PM-GA.3.37.6.09.005 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”. RESUELVE. Artículo 1°: Acoger los Conceptos Técnicos PM.GA 3.44.24.79 del 31 de enero de 2024 y PM.GA 3.44.25.431 del 22 de abril de 2025, los cuales harán parto Integral del presento acto administrativo. Artículo 2°: OTORGAR a favor do la AGROPECUARIA LA RIVERA GAITÁN SAS., identificada con NIT. 900.551.700-6, (de ahora en adelante, el titular), prórroga del permiso de concesión de aguas subterráneas para uso doméstico o industrial, a captar mediante un pozo profundo de 125 metros, localizado on las coordenadas planas origen único nacional ESTE: 4916744,56 - NORTE: 1934773,88, por un caudal a captar 2.96 L/s, en beneficio de la Finca La Rivera Gaitán, vereda La Esperanza, identificado con matrícula inmobiliaria 236-6578 y cedula catastral 50313 00 02 0002 0055 000, jurisdicción del municipio de Granada, departamento del Meta Parágrafo 1°. - Se tendrá en cuenta las siguientes características de la captación: DATOS DEL PREDIO. Nombre del predio: Finca La Rivera. Coordenadas del predio: N: 1934773,88 E: 4918744,56. Altura (msnm): N/A. FUENTE HUIRICA SUPERFICIAL - CAPTACIÓN 1. Nombre fuente de captación: Pozo Profundo. Coordenadas punto de captación. N: 1934773,88 E: 4916744,56. Altura (msnm): N/A. Caudal en época de lluvias (L/s): N/A. Caudal en época de estiaje (L/s): N/A. Caudal medio anual (L/s): N/A. Caudal concesionario otros usuarios (L/s): N/A. Caudal ambiental (L/s): N/A. CONDICIONES DE LA CONCESIÓN. Periodo de captación: N/A. Uso: Doméstico e Industrial. Término (años): 5 años. PUEAA Cumple Res 1257/18: Requerimiento. Caudal a captar (L/s): N/A. TOTAL CAUDAL CONCESIONADO.2.95 l/s. Artículo 18°: OTORGAR a favor do la Agropecuaria La Rivera Gaitán SAS., identificado con NIT. 900.551.700-6, (de ahora en adelante, el titular), renovación del permiso de vertimientos do aguas residuales no domesticas a la fuente hídrica Caño Urichare, únicamente en época de invierno, por un caudal do descarga do 4.2 I/s, previo tratamiento en las lagunas oxidación ubicado en las coordenadas Origen Único Nacional Este 4917424,15 - Norte 1934406,34, y la descarga al Rio Urichare únicamente en las coordenadas Origen Único Nacional Este 4917175,52 - Norte 1935582,43, en beneficio de la Finca La Rivera Gaitán, identificado con la cédula catastral No. 50313000200020055000 y matricula inmobiliaria No. 236-6578, ubicado en la vereda La Esperanza. Jurisdicción del municipio de Granada, departamento del Meta. Parágrafo. - Se tendrá en cuenta las siguientes características del vertimiento: DATOS DEL PREDIO. Tipo  de trámite administrativo: Vertimientos a fuente hídrica. Titular: Sociedad Agropecuaria la Rivera Gaitán SAS. Nombre del predio:  Finca La Rivera Gaitán. Coordenadas del predio. N 1934405,34 E 4917424,15. Altura (msnm): N/A. Tipo de vertimiento: Puntual - Residual Industrial. CONDICIONES DEL VERTIMIENTO. Fuente receptora del vertimiento: Caño Urichare. Coordenadas punto de vertimiento: E 4917175.52 N 1935582,43. Período de vertimiento: Únicamente en época de invierno. Uso: Industrial. Término: 5 años. Compensación (Ha): N/A. Caudal a verter a fuente hídrica (L/s): 4.2 l/s. TOTAL CAUDAL PERMITIDO: 4.2 l/s. Artículo 40° OTORGAR a favor de la Sociedad Agropecuaria La Rivera Gaitán S.A.S., identificada con NIT. 900.551.700-6, (de ahora en adelante titular), el permiso ambiental do vertimientos al suelo de tipo doméstico, por un caudal de 0,22 L/s, previo tratamiento mediante un sistema compuesto caja de inspección, trampa de grasas, tanque, STAR y campo de infiltración, en les coordenadas Origen Único Nacional N 1934603 E 4916912, en beneficio del predio Finca La Rivera. Vereda la Esperanza, identificado con matrícula Inmobiliaria 236-6578 y cedula catastral 50313 00 02 0002 0055 000, en Jurisdicción del municipio do Granada, departamento del Meta: Parágrafo. - Se tendrá en cuenta las siguientes características del vertimiento: DATOS DEL PREDIO. Tipo de trámite administrativo: Vertimientos de aguas residuales al suelo. Titular: Sociedad Agropecuaria La Riviera SAS. Nombre del predio: Finca La Riviera Gaitán. Coordenadas del predio: N 1934803 E 4916912. Altura (msnm): N/A. Tipo de Vertimiento: Puntual-Residual Doméstico. CONDICIONES DE VERTIMIENTO. Fuente receptora de vertimiento: N/A. Coordenadas punto de vertimiento: N 1934803 E 4916912. Período de vertimiento: Continuo. Uso: Doméstico. Término (años): 5 años. Compensación (Ha): N/A. Caudal a verter a fuente hídrica (L/s): N/A. TOTAL CAUDAL PERMITIDO: 0.22 l/s.  Artículo 66°: Notificar el presente acto administrativo a la AGROPECUARIA LA RIVERA GAITÁN S.A.S. Identificada con el Nit 900.551.700-6, a través de su representante legal, en el correo electrónico: plantabeneficio@agropalmares.com. medioambiente@agropalmares.com, conforme con las reglas previstas en los artículos 67 y 69 de la Ley 1437 de 2011. Parágrafo: Al momento de surtirse la etapa de notificación se deberá remitir copia del concepto técnico al titular. Artículo 67°: El grupo TIC'S y Servido al Ciudadano adscrito a la Subdirección de Planeación y Ordenamiento Ambiental, deberá publicar el presente acto administrativo en la página web de CORMACARENA. Artículo 68°: Ejecutoriado el presente acto administrativo envíese copia a la Subdirección administrativa y financiera, y al grupo Rentas de la Oficina Asesora Jurídica de CORMACARENA, para lo de su competencia. Artículo 69°: Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse por escrito, en diligencia de notificación personal o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso o la publicación, según sea el caso ante la Dirección General de CORMACARENA, de conformidad con el art. 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. WILSON LOPEZ BOGOTA. Encargado de las unciones de Director General Cormacarena

V-560

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