Edictos y Avisos Legales
AVISO
CORMACARENA. RESOLUCION PS-GJ 1.2.6.25.0290. EXPEDIENTE No. 3.37.2.11.019.008. Artículo 15°- El titular de la presente concesión, deberá cumplir con lo dispuesto en la Resolución No. PS-GJ.1.2.6.20.1548 del 18 de diciembre de 2020, o la que la modifique, reemplace o sustituya, en donde se establece el régimen de tarifas para el cobro de los servicios de control y seguimiento anual, las cuales variarán de acuerdo a las características propias de cada proyecto. Artículo 16°- Una vez ejecutoriado el presente acto administrativo remítase copias a la oficina de rentas de la Corporación para su conocimiento y lo de su competencia sobre tasa por utilizar del agua. Artículo 17°- El titular de la concesión publicar en un periódico do alta circulación Nacional o Regional, el encabezado y la parte resolutiva del presente acto administrativo, dentro do tos diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del mismo, acreditando la ejecución mediante envío de una copla legible del ejemplar respectivo dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de su publicación, con destino al expediente do referencia. Artículo 18° - El grupo TICS y Servicio al Ciudadano adscrito a la Subdirección de Planeación y Ordenamiento Ambiental, deberá publicar el presente acto administrativo en la página web de CORMACARENA. Artículo 19°- Ejecutoriado el presente acto administrativo envíese copia a la Subdirección administrativa y financiera, y al grupo Rentas de la Oficina Asesora Jurídica de CORMACARENA. para lo de su competencia. Artículo 20°: Para todos los efectos de comunicaciones, presentación de informes, cumplimiento de obligaciones, PQRSDF o cualquier documento o acción relacionada con el presente permiso menor, el titular deberá dirigirlas a CORMACARENA señalando en el documento el número del expediente N° PM-GA 3.37.2.11.019.008. Artículo 21° - Notificar et presente acto administrativo a la Sociedad Guaicaramo S.A, identificada con Nit. 900.404.851-0, a través de su representante legal o quien haga sus veces, en la Carrera 9 No 77-67 (Ofc 701) y/o correo electrónico j.moreno@guaicaramo.com conforme a las reglas establecidas en los artículos de artículos 67 y 69 de la Ley 1437 de 2011. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso administrativo. Artículo 22°- Ejecutoriado el presente acto administrativo envíese copia a la Subdirección administrativa y financiera, y al grupo Rentas de la Oficina Asesora Jurídica de CORMACARENA, para lo de su competencia. Artículo 23° - Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse por escrito, en diligencia de notificación personal o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso o la publicación, según sea el caso ante la Dirección General de CORMACARENA, de conformidad con el art. 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE. 07 ABR 2025. WILSON LOPEZ BOGOTA. Encargado de las Funciones de Director General Cormacarena.
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