Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
Rama Judicial
Consejo Superior de la Judicatura
República de Colombia
Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias
Cali - Valle del Cauca
JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI - VALLE DEL CAUCA
memorialesj01ofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co
Radicación memoriales
AVISO DE REMATE
Santiago de Cali, 16 de junio de 2025
No. 0198/2025
C.C. hugoalbert01@hotmail.com
REFERENCIA: EJECUTIVO
DEMANDANTE: JELIN YAJAIRA QUIÑONES MURILLO C.C. 1.111.798.145 cesionaria de JANNETH VELASCO PEÑA C.C. 31.890.527
DEMANDADO: JOSE FELIPE QUIÑONES CORTES C.C. 5.219.084
RADICACIÓN: 76001400303220180000600
AUTO NO. 3445
Cordial Saludo,
El juzgado Primero Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali, mediante Auto 3445 16 de junio de 2025, resolvió: "PRIMERO. – SEÑÁLASE como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble con matrícula inmobiliaria 370 - 572255, avaluado en la suma de $135.502.500.00 M/cte., la del veintitrés (23) de julio de dos mil veinticinco (2025), a las nueve de la mañana (9:00 A.M.).
SEGUNDO. - DISPÓNESE que la diligencia de remate comience a la hora indicada y que no se cierre hasta que haya transcurrido al menos una hora desde su inicio. La base de la licitación será la que cubra el setenta por ciento (70%) del total del avalúo dado al bien, (art. 448-3 C.G.P.), y será postor hábil el que previamente consigne el equivalente al 40% del mismo avalúo (art. 451 C.G.P.), a órdenes de este Juzgado, en la cuenta No. 760012041700, dependencia No. 760014303000 del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, para proceso.
TERCERO. - ANÚNCIESE esta decisión al público, mediante la inclusión en un listado que se publicará por una sola vez, en un periódico de amplia circulación local o una radiodifusora, el día domingo, con antelación no inferior a diez días a la fecha señalada para el remate del lugar de ubicación de los bienes.
CUARTO. - PREVENGASE a la parte ejecutante para que aporte una copia informal de la página del periódico o la constancia del medio de comunicación en que haya hecho la publicación, para ser agregada al expediente antes de la apertura de la licitación conforme a lo establecido en el artículo. 450 del C.G.P., e igualmente se le indica que debe allegar un certificado de tradición del bien a rematar actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia.
QUINTO. - EXPIDASE por la SECRETARÍA DE LA OFICINA DE APOYO DE LOS JUZGADOS CIVILES MUNICIPALES DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI, el aviso de remate correspondiente y remítase al interesado una vez ejecutoriada esta providencia por el medio más expedito y eficaz para el correspondiente diligenciamiento o en su defecto, se agenda cita para su retiro.
SEXTO. - INFÓRMASE a las partes y usuarios en general que la AUDIENCIA DE REMATE se llevara a cabo de forma VIRTUAL de conformidad con lo dispuesto en el Art. 452 del C.G.P., y el PROTOCOLO DE AUDIENCIAS, el cual puede consultarse en el link:
https://publicaciones procesales.ramajudicial.gov.co/web/publicaciones- procesales/inicio?p_p_id=co com avanti efectos Procesales PublicacionesEfectos ProcesalesPortlet INSTANCE gOzzZevalWbb&p p lifecycle=0&pp state=normal& pp_mode=view& co com avanti efectos Procesales Publicaciones Efectos Proces alesPortlet INSTANCE qOzzZevqlWbb tipo Categoria=tipo Pub & co com avanti ef ectos Procesales Publicaciones Efectos ProcesalesPortlet INSTANCE qOzzZevalWb b action-filterCategories & co com avanti efectos Procesales Publicaciones Efect osProcesalesPortlet INSTANCE qOzzZevq/Wbb idTipo=8766896
SEPTIMO. COMUNIQUESE a los posibles postores que, para la devolución de las consignaciones por concepto de remate, superiores a los 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, deberán presentar junto con su oferta, certificación bancaria para el pago con abono a cuenta del beneficiario por transferencia; lo anterior atendiendo la circular No. PCSJC21 del 08 de julio de 2021 de la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura; así mismo, que conforme a la circular PCSJC21-26 de 17/11/2021." (Fdo) JORGE HERNAN GIRON DIAZ (Juez).
Ubicación Inmueble: Carrera 3C No. 70-42, Urbanización Quintas de Salomia, de Cali, Valle
Secuestre: AURY FERNAN DIAZ ALARCON., correo electrónico: auryfernandiaz@gmail.com
Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado.
Atentamente,
LORNA ALEXANDRA CUADROS GONZALEZ
Profesional Universitario Grado 17
Líder de Gestión Documental
Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali
Este documento se firma de manera electrónica. Por lo tanto, no tiene caducidad. Para su confirmación y verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co (firma electrónica) o ingrese al link https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/Firma Electronica/ y digite el número que figura en la parte inferior.
Firmado Por:
Lorna Alexandra Cuadros González
Profesional Universitario
Oficina De Apoyo
Ejecución Setencias Civil Municipal
Cali - Valle Del Cauca
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica,
conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
Código de verificación: 72a3e095510fed165bbb0b79c951bf1f87908a33e1ed35910decafd5e81c6df1
Documento generado en 25/06/2025 09:00:02 AM
Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/Firma Electronica
El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (Noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 - Noviembre 30 de 2015 "Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15- 10402 de 2015" y a su vez se crean con "carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional", ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.-Sala Administrativa. OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS citas atención al público apofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co Código: 9697
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp