Edictos y Avisos Legales
EDICTO
NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE MELGAR (TOLIMA)
NIT. 65.498.061-3 CÓDIGO:734490001
CARRERA 30 No. 5-100-108, SICOMORO, TELEFONO: 3203452728
ACTA NÚMERO CERO CUARENTA (040) DE 2025
DE TRÁMITE NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE HERENCIA DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES SIERVO LEIVA GODOY, C.C. 2.270.611 Y MARIA IGNACIA LOMBO DE LEIVA C.C. 28.655.306
En Melgar, Departamento del Tolima, República de Colombia, a los diecinueve el (19) días del mes de Junio del año Dos Mil Veinticinco (2.025), compareció Señor ROGER JULIO LOPEZ OLIVEROS, identificado con cédula de ciudadanía número 79544.743 expedida en Bogotá D.C., en su calidad de cesionario interesado dentro del TRÁMITE NOTARIAL DE LIQUIDACION DE HERENCIA DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES SIERVO LEIVA GODOY, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.270.611, fallecido el día 27 de septiembre de 2010, en la ciudad del Espinal (Tolima), registrada A la defunción el día 28 de Septiembre de 2010 en la Registraduría Municipal del Estado Civil del Espinal (Tolima) al Indicativo Serial 06106132, y MARIA IGNACIA LOMBO DE LEIVA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.655.306, fallecida el día 21 de Abril de 1984, en el Municipio de Cunday (Tolima), registrada la defunción el día 20 de Mazo de 2025 en la Registraduría Municipal del Estado Cívil de Cunday (Tolima) al Indicativo Serial 06264121, siendo el Municipio de Carmen de Apicalá (Tolima) su último domicilio asiento principal de sus negocios. Para el efecto presentó la solicitud con sus respectivos anexos. La suscrita Notaria encontró que la solicitud y documentación anexa a ella se ajustan a las exigencias los Arts. 1, 2, y 3 del Decreto 902 de 1.988 y en consecuencia la acepta y ordena: Que se fije por el término de diez (10) días en lugar visible de la Notaría, se publique en un periódico de amplia circulación y se difunda en una emisora regional el edicto emplazatorio correspondiente que para tal efecto se entrega su texto al interesado. Acto seguido el suscrito Notario ordena la comunicación telegráfica a la Superintendencia de Notariado y Registro, y a la División Cobranzas de la DIAN y U.G.P.P, si es el caso, informando sobre la iniciación del trámite para los fines correspondientes. En constancia se firma la presente Acta, el tres (03) días del mes de Julio del año dos mil veinticinco (2025) LA NOTARIA UNICA - Dra, ADRIANA MARIA OVIEDO ACOSTA NOTARIA UNICA
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