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Edictos y Avisos Legales





AVISOS

10 de agosto de 2025

AVISO:

JUZGADO DIECISIETE DE FAMILIA DE BOGOTÁ

Carrera 7 No. 12 C-23 Piso 6- Edificio Nemqueteba Bogotá D. C. Flia17bt@cendoj.ramajudicial.gov.co- Tel: 6013532666 ext 71017

EL JUZGADO DIECISIETE DE FAMILIA DE BOGOTÁ, D.C.

AVISA:

Que dentro del proceso No: 11001311001720120053900 DE INTERDICCIÓN JUDICIAL (REVISIÓN DE SENTENCIA), en el cual actúa como demandante la señora ROSA ELVIRA BERNAL RODRÍGUEZ y el titular de derechos es el señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA, se profirió SENTENCIA el día tres (3) de junio del año dos mil veinticinco (2025), en donde en su parte resolutiva se dispuso: "RESUELVE:  PRIMERO: DECLARAR SIN VALOR NI EFECTO la sentencia proferida el dia 9 de junio de 1994, dentro del proceso de interdicción bajo radicado 11001311001720120053900, en la cual se declaró la interdicción Judicial definitiva del señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA identificado con la C.C. 17.091.137, sentencia confirmada por el Honorable Tribunal Superior Sala de Familia con providencia de fecha 24 de agosto de 1994. SEGUNDO: ANULAR la inscripción de dichas providencias en el Registro Civil de Nacimiento del señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA. OFÍCIESE a la REGISTRADURÍA y/o NOTARIA correspondiente. TERCERO: DESIGNAR COMO APOYO JUDICIAL con vocación de permanencia y de forma conjunta, por el termino de cinco (5) años de la señora SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA identificado con la C.C. 17.091.137 a sus sobrinas ROSA ELVIRA BERNAL RODRÍGUEZ, identificada con cedula de ciudadanía No. 40.027.375 y MARÍA SEGUNDA BERNAL RODRÍGUEZ identificada con C.C. No. 52.339.454 de Bogotá. CUARTO: La persona designada como apoyo judicial antes mencionada del señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA serán para los siguientes aspectos, según la valoración realizada por la Personería Municipal de Viracachá - Boyacá:  PATRIMONIO Y MANEJO DEL DINERO.  Para manejar el dinero que el señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA recibe como pensión de la Policía Nacional de forma mensual. Apoyo para abrir las cuentas de ahorros a efectos de que en lo sucesivo el dinero de que le reconocen como pensión le sea consignada en una cuenta de ahorros cuyo titular sea el señor Segundo Adolfo Bernal Cepeda. Apoyo para el manejo, inversión de lo que le quede del dinero abriendo productos financieros, por ejemple CDT'S a mediano y corto plazo. Apoyo si es el caso, en caso que le sea adjudicado algún bien en la sucesión de sus progenitores Jacinto Bernal y María Leticia Cepeda, de no haberse realizado o en la petición de herencia, si es el caso, si ya se realizó la sucesión de los antes mencionados, los bienes que le se adjudicados también para administrar esos bienes el producto que de pronto generen la administración de esos bienes, consignarlos en la cuenta de ahorros que se debe abrir a nombre del titular de los derechos. FAMILIA, CUIDADO Y VIVIENDA. SALUD. Apoyo para decir donde debe vivir, si quiere cambiar de lugar o cualquier otra decisión que se deba tomar respecto de la vivienda, cuidado persona, aseo y presentación personal, elaboración y suministro de los alimentos en forma adecuada para la edad de él y las con movilidades que el señor tenga. Teniendo en cuenta que él tiene diagnosticado esquizofrenia y demencia senil, para lo cual debe estar medicado, entonces en llevarlo periódicamente según lo indique el médico psiquiatra a la consulta. Apoyo para hacerle los trámites de las órdenes médicas, procedimientos y demás que sean ordenados. Apoyo y representación en la reclamación de medicamentos, así como el suministro de medicamentos esenciales en horarios y dosificación correspondiente, según prescripción médica. Apoyo para conocer, solicitar, reclamar y manejar documentos que tienen que ver con la salud del señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA, por ejemplo: historia clínica, resultados de exámenes, consentimientos informados, conceptos médicos. Apoyo y manifestación de la voluntad, para dar a conocer sus desacuerdos, preferencias o deseos al personal de salud, entender y tomar decisiones, practica de cualquier procedimiento, alguna cirugía, cambio de medicamentos, las consecuencias de hacerse o no hacerse el procedimiento, en caso de que no esté en condiciones de tomarla por si solo, ustedes interpretan la voluntad de él y hacer esas manifestaciones pertinentes. ACCESO A LA JUSTICIA, PARTICIPACIÓN Y EJERCICIO DEL VOTO. Representación para facilitar la participación de actos jurídicos. Apoyo y representación para otorgar poderes para que el señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA, pueda acceder a la administración de justicia, ya sea para adelantar un proceso de petición de herencia en el caso de que los hermanos hayan tramitado y se haya finalizado la sucesión de Jacinto Bernal y de María Leticia Cepeda y pueda él reclamar sus derechos, o en el caso de que no se haya iniciado, poder iniciar el proceso y determinar los derechos a que él tenga en la sucesión de sus progenitores. Apoyos para realizar trámites administrativos, judiciales, trámite ante notaria, en relación con todo lo que tenga que ver con su derecho de salud, es decir, hacer peticiones ante la entidad prestadora del servicio de salud de él, que está vinculada a la Policía Nacional, derechos de petición, solicitudes respetuosas, acciones de tutela para que le den oportunamente los medicamentos que se le ordenen. Para hacer solicitudes, iniciar derechos de petición, tutelas a efectos de que se clarifique en cualquier circunstancia que tenga que ver con la afiliación y derechos exequiales que tiene el titular de los derechos, señor Segundo Adolfo Bernal Cepeda en la Asociación Colombiana de Policía en Retiro ACOPORE. Apoyo en caso de que sea necesario un apoderado judicial a efectos de elaborar el contrato de prestación de servicios, en caso de que se le adjudique y tenga derecho a una cuota aparte de algún inmueble en la sucesión de los progenitores, también en caso de alguna perturbación a la propiedad se puedan adelantar acciones administrativas, judiciales, por ejemplo, ante inspectores de policía y demás, con el fin de conservar los bienes del cual sea titular el señor Segundo Adolfo Bernal Cepeda, y todas las asesorías y poderes para representarlo ante cualquier autoridad en defensa de sus derechos fundamentales. QUINTO: ORDENAR a las señoras ROSA ELVIRA BERNAL RODRÍGUEZ Y MARÍA SEGUNDA BERNAL RODRÍGUEZ, rendir cuentas comprobadas de su administración de los bienes del señor SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA una vez al año, a partir del día de hoy. SEXTO: POSESIONAR a las señoras ROSA ELVIRA BERNAL RODRÍGUEZ Y MARÍA SEGUNDA BERNAL RODRÍGUEZ, como apoyos con vocación de permanencia y de forma conjunta, por el termino de cinco (5) años de su tío SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA y autorizarlas para su ejercicio. SÉPTIMO: Desde cumplimiento a lo establecido en el numeral 5 del artículo 56 de la Ley 1996 del 2019, esto es realizando la respectiva publicación en el periódico El Tiempo, Republica o Espectador. OCTAVO: EXPEDIR a costa de los interesados las copias auténticas que de esta audiencia y de esta acta se soliciten. Esta providencia queda notificada a todos los intervinientes en estrados. Se le concedió el uso del a palabra al apoderado de la parte demandante quien en audiencia manifestó "conforme a su decisión". Se le concedió el uso del a palabra al agente del ministerio público quien en audiencia manifestó "La procuraduría está completamente de acuerdo con la parte emotiva de resolutiva de la sentencia que se le notifica porque está orientada a proteger los derechos del titular de los actos jurídicos del señor Segundo Adolfo Bernal Cepeda, al igual que está muy conforme con la designación de las 2 Sobrinas, Rosa Elvira Bernal y María segunda Bernal como sus apoyos, da su historia socio familiar". Se deja constancia que la suscrita Juez del JUZGADO DIECISIETE DE FAMILIA DE BOGOTÁ procede a posesionar a la señora ROSA ELVIRA BERNAL RODRÍGUEZ, identificado con C.C. No. 40.027.375 Y MARÍA SEGUNDA BERNAL RODRÍGUEZ identificada con C.C. No. 52.339.454 de y Bogotá., como apoyos permanentes conjuntas de su hermana señora SEGUNDO ADOLFO BERNAL CEPEDA identificado con la C.C. 17.091.137 de Bogotá; procediendo a tomarle el juramento de rigor y por cuya gravedad prometió cumplir bien y fielmente los encargos del mismo a quien se tiene por posesionada a en calidad de apoyo permanente y se le autoriza para ejercer el cargo. No siendo otro el objeto de la presente audiencia se termina siendo las 5:42 p.m., luego de leída y aprobada en todas sus partes. La juez, FABIOLA RICO CONTRERAS" . Se expide copias del presente AVISO para su publicación por una vez en uno cualquiera de los siguientes diarios: EL TIEMPO o ESPECTADOR o LA REPÚBLICA. Para los efectos del art 56 de la ley 1196 del 2019 numeral 5 literal e, se fija el presente AVISO en un lugar visible de la Secretaría del Juzgado, por el término legal siendo las OCHO DE LA MAÑANA (8:00 a.m.), de hoy nueve (9) de junio del dos mil veinticinco (2025). El Secretario, 

LUIS CESAR SASTOQUE ROMERO 17 DE FAMILIA 

CONSTANCIA DE DES FIJACIÓN: Bogotá, D.C., DE BOGOTÁ, D.C. 

En la fecha siendo las 5 p.m.,se desfija el presente AVISO, luego de haber permanecido fijado en un lugar público de la Secretaría del Juzgado, por el término de Ley.  

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