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Edictos y Avisos Legales





AVISOS

27 de febrero de 2026

AVISO

CORMACARENA. AUTO No. PS-GJ 1.2.64.26.0147. EXPEDIENTE No. PM-GA 3.5.2.11.013.109 "POR MEDIO DEL CUAL SE INICIA REVISIÓN ADMINISTRATIVA A LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA RESPECTO A LA INCLUSIÓN DE RUTAS AL PLAN DE CONTINGENCIA DE LA EMPRESA TECNOLOGIA Y SERVICIOS AMBIENTALES DE COLOMBIA S.A.S., IDENTIFICADA CON NIT 900.568.679-3
Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES". DISPONE. Artículo 1°; Iniciar trámite administrativo para efectuar la revisión de la documentación presentada mediante el radicado E-28421 del 20 de octubre de 2025 respecto a la inclusión de rutas al Plan de Contingencia aprobado a la empresa TECNOLOGIA Y SERVICIOS AMBIENTALES DE COLOMBIA S.A.S., por medio de la Resolución N° PS-GJ 1.2.6.15.2604 del 31 de diciembre de 2015. Artículo 2°: La empresa TECNOLOGIA Y SERVICIOS AMBIENTALES DE COLOMBIA. S.A.S., identificada con Nit 900.568.679-3 deberá cancelar la suma de SEIS MILLONES DE PESOS ($6.000.000) Mcte por concepto del servicio de revisión de la documentación presentada mediante el radicado E-28421 del 20 de octubre de 2025, en relación con la inclusión de rutas al Plan de Contingencia. Esta suma deberá ser consignada en el término de diez (10) días contados a partir de la notificación del presente auto, en las cuentas: para pago por transferencia electrónica (Banco Caja Social-Ahorros 24102850905; Banco Davivienda-Ahorros 096025324664), para pago en efectivo en Banco BBVA- ahorros 854001674: a nombre de CORMACARENA con Nit: 822.000.091-2, bajo el número de referencia 1264260147 y posteriormente, deberá allegar copia de la consignación a la Subdirección Administrativa y Financiera, reclamar el Paz y Salvo y que esta copia sea anexada al expediente. Parágrafo Primero: La revisión del plan de contingencia está sujeto al pago de lo dispuesto en el presente artículo; en caso de que la consignación no se efectúe dentro del término establecido, se suspenderán los trámites hasta tanto este se realice. Parágrafo Segundo: Sin perjuicio de que se efectúen o no requerimientos en virtud de la revisión al plan de contingencia, el interesado deberá pagar el valor correspondiente liquidado. Artículo 3°: El solicitante tendrá que publicar el encabezado y parte dispositiva del presente acto administrativo en un diario de amplia circulación nacional o regional, y allegar un ejemplar para que obre dentro del expediente de la referencia, lo anterior para dar cumplimiento al principio de publicidad, de conformidad al artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 4°. El Grupo Tics adscrito a la Subdirección de Planeación y Ordenamiento Ambiental de la Corporación, deberá publicar el presente acto administrativo en su página web, conforme lo preceptúa el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Artículo 50: Una vez la empresa allegue el pago correspondiente a la revisión de documentación, ordenar a la Subdirección de Gestión Ambiental, grupo Hidrocarburos y Energético, para que los funcionarios técnicos determinen le necesidad de realizar o no requerimientos al plan de contingencia presentado y se emita el correspondiente concepto técnico. Artículo 6°. Ejecutoriado el presente acto administrativo envíese copia a la Subdirección Administrativa y Financiera y a la oficina de Rentas de la Corporación para lo de su cargo. Artículo 7°: Notificar el presente acto administrativo a la empresa TECNOLOGIA Y SERVICIOS AMBIENTALES DE COLOMBIA S.A.S., a través de su representante legal y/o quien haga sus veces, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 y siguientes de la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Parágrafo. - En el evento de que la empresa en mención haya autorizado la notificación por correo electrónico, se deberá efectuar de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la. Ley 2080 del 2021, por medio del cual se modifica el artículo 56 de la Ley 1437 del 2011. Artículo 8°: Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno por tratarse de un auto de trámite, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la ley 1437 de 2011. NOTIFÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. 05 FEB 2026. JUAN CARLOS MEDINA GONZALEZ. Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

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