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Edictos y Avisos Legales





AVISOS

6 de marzo de 2026

AVISO

ALCALDIA DE TUNJA - BOYACA
RESOLUCION No. 0500 DE 2026

“POR LA CUAL SE ORDENA LA TOMA DE POSESIÓN DE LOS NEGOCIOS, BIENES    Y HABERES DE LA SOCIEDAD IMHOTEP INGENIERÍA Y MANTENIMIENTO S.A.S., CON    EL NIT. 830146713-1, REPRESENTADA LEGALMENTE POR LEON RICARDO PEREZ   VALDERRAMA IDENTIFICADO C.C. No. 6.769.720 o QUIEN HAGA SUS VECES Y SE   DESIGNA AGENTE ESPECIAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.    EL ALCALDE MAYOR DEL MUNICIPIO DE TUNJA. En ejercicio de sus facultades    constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 313 numeral 7 y 315 de la
Constitución Política, la Ley 66 de 1968, el Decreto Ley 2610 de 1979, el Decreto 078 de 1987,   el Decreto 2555 de 2010, los artículos 109 y 125 de la Ley 388 de 1997, el CPACA, y el Acuerdo   Municipal No. 038 del 26 de diciembre de 2025, y demás normas concordantes y    complementarias...
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. TOMA DE POSESIÓN. Ordenarse la toma de posesión inmediata de los   negocios, bienes y haberes de propiedad de la sociedad IMHOTEP INGENIERÍA Y   MANTENIMIENTO S.A.S., NIT 830.146.713-1, representada por el señor LEON RICARDO    PÉREZ VALDERRAMA y su representante legal suplente JAIME LEONARDO PÉREZ
VALDERRAMA, titular del proyecto REMANSOS DE LOS PATRIOTAS o quien haga sus veces,   para efectos de administración, custodia y eventual liquidación, sin perjuicio de las facultades que   la ley confiere al Agente Especial para la protección del patrimonio intervenido.  
ARTÍCULO SEGUNDO. DESIGNACIÓN DEL AGENTE ESPECIAL. Desígnese como Agente   Especial a la firma JM ASOCIADOS S.A.S., NIT 900.823.265-1, representada por el doctor   JAIME RAFAEL GALVIS VÁSQUEZ, identificado con la cédula No. 91.479.554, quien ejercerá   la administración integral, representación judicial y extrajudicial, custodia y eventual   liquidación de los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad intervenida...   ARTÍCULO CUARTO. ENTREGA DE INFORMACIÓN. Ordenar a los actuales administradores,   representantes legales y demás órganos de dirección de la sociedad intervenida dentro de los   tres (3) días hábiles de la entrega inmediata al Agente Especial de: 1. Libros contables y   estados financieros. 2. Contratos vigentes y documentación técnica del proyecto 3.  Información fiduciaria y de acreedores. 4. Relación de compradores y cualquier   documentación necesaria para la administración del proyecto. 5. La entrega deberá   realizarse dentro de tres (3) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente
resolución. PARÁGRAFO: El incumplimiento será considerado falta grave y podrá acarrear
sanciones legales.
ARTÍCULO QUINTO. EFECTOS DE LA TOMA DE POSESIÓN. 1. Custodia inmediata de   todos los bienes muebles, inmuebles, haberes, libros, documentos de la sociedad y   activos. 2. Suspensión de pagos de obligaciones previas y de procesos judiciales en   curso, en concordancia con los artículos 14 de la Ley 66 de 1968 y 20 de la Ley 1116 de
2006. 3. Notificación a registradores, entidades financieras y demás autoridades para que   se abstengan de registrar actos sobre los bienes de la sociedad sin autorización del   Agente Especial. 4. Pago de deudas y cumplimiento de obligaciones únicamente a través   del Agente Especial. 5. Facultar al Agente Especial para dar por terminados contratos
innecesarios para la administración de la sociedad...
ARTÍCULO OCTAVO. INFORMES Y PLAN DE RECUPERACIÓN. El Agente Especial deberá   presentar a la Alcaldía Mayor de Tunja, en un plazo máximo de dos (2) meses contados a partir   de la toma de posesión, un informe completo y un plan de recuperación de la sociedad, que   incluya: a) Situación administrativa, financiera y patrimonial de la sociedad intervenida. b)   Acciones ejecutadas y por ejecutar para la recuperación de activos y cumplimiento de
obligaciones. c) Estado de contratos, obligaciones y acreedores. d) Identificación de riesgos o  contingencias que puedan afectar el patrimonio intervenido. Posteriormente, el Agente Especial    deberá presentar informes periódicos mensuales a la Alcaldía Mayor sobre la situación de la    sociedad, la ejecución del plan de recuperación y los resultados de la administración. Los   informes deberán presentarse por escrito y correo electrónico, acompañados de la
documentación soporte correspondiente, y su entrega será requisito para la continuidad de la
intervención. La Alcaldía podrá solicitar informes extraordinarios en cualquier momento que
lo considere necesario...
ARTÍCULO DÉCIMO. RECURSOS. Contra la presente resolución procede recurso de reposición,    dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación, conforme al artículo 76 de la Ley   1437 de 2011.
NOTA. El texto completo de la Resolución No. 0500 DE 2026, se puede consultar en la   página web y en las redes sociales de la Alcaldía de Tunja.   

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