Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE TUNJA
Tunja, cuatro (04) de agosto de dos mil veintidós (2022).
PROCESO DIVISORIO
DEMANDANTE JESUS REINA MUNEVAR Y OTROS
DEMANDADO ROQUE REINA MUNEVAR Y OTROS
RADICADO 150013153003 2017-00109-00
FECHA HORA DEL REMATE:
Se señala el día veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintidós (2022), a la hora de
las 8:30 am. para realizar SUBASTA JUDICIAL VIRTUAL DE REMATE .
En la fecha señalada para el remate virtual, se deberá habilitar el Link de acceso a
postores, partes, usuarios e interesados para que asistan a la vista pública virtual, ello de
conformidad con lo previsto en la Circular No. PSCJC21-26 del 17 de noviembre de 2021
emanada del Consejo Superior de la Judicatura.
El link de acceso es el siguiente: https://call.lifesizecloud.com/15406908
DATOS DEL INMUEBLE A REMATAR
Inmueble ubicado en la vereda La Capilla de la Jurisdicción de Villa de Leyva, con F.M.I.
070-101837 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tunja, con cedula
catastral 00-00-00-002-0040-000, alinderado en la escritura pública N° 30 del 13 de
febrero de 1944, embargado, secuestrado y avaluados dentro del presente proceso.
VALOR DEL AVALUO:
Sesenta y nueve millones cien mil pesos ($69.100.000,oo)
DATOS DEL SECUESTRE
ACILERA SAS celular 3107984802
POSTURAS ADMISIBLES:
Será postura admisible la que cubra el cien por ciento (100 %) del total del avaluó dado
al bien, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 411 del C.G.P. Se advierte que
la persona adquirente del remate deberá pagar el impuesto que prevé el artículo 7 de la
ley 11 de 1987. En la cuenta del BANCO AGRARIO No 3–082–00-0063–5-8, denominada
DTN Impuesto de remate del 5% sobre el valor final del remate, con destino al Fondo
para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia.
Toda persona que pretenda hacer postura en la subasta en el Modulo de Subasta
Judicial Virtual, deberá consignar previamente el dinero, a órdenes del juzgado, el
cuarenta por ciento (40%) del avalúo del respectivo bien, y podrá hacer postura
consignando dentro de los cinco (5) días anteriores o previo al remate.
La oferta debe remitirse de forma digital, legible, debidamente suscrita, en formato PDF
al correo del Juzgado y será irrevocable; la clave para aperturar la oferta, será
suministrada por cada ofertante, únicamente al Juez en el desarrollo de la Audiencia
Virtual, en la forma y oportunidad prevista del artículo 452 Ejusdem. Se advierte, que sólo
se tendrá por presentadas en debida forma las posturas electrónicas oportunamente
allegadas, según lo establece la norma en comento y que cumplan los
requisitos establecidos.
La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de que transcurra
una hora desde el comienzo de la Licitación, de conformidad con lo preceptuado en el
artículo 452 del CGP. La parte interesada, anunciará al público que el remate se realizará
en Audiencia Virtual a través de las plataformas y/o herramientas dispuestas por el
Consejo Superior de la Judicatura, informar que el expediente se encuentra digitalizado
y disponible en el Micrositio disponible del Juzgado Tercero Civil del Circuito de Oralidad
de Tunja habilitado por la Rama Judicial, mediante la inclusión en un listado que se
publicará por una sola vez en un periodo de amplia circulación que podrá ser; La
República, El Espectador o Boyacá 7 Días, un día domingo con antelación no inferior a
diez (10) días a la fecha señalada para el remate, y que deberá contener los presupuestos
indicados en el artículo 450 del CGP. Además, en la publicación, deberá informar que el
link para acceder a la Audiencia de Remate Virtual está publicado en la página
www.ramajuidicial.gov.co – Micrositio de este Despacho
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