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Edictos y Avisos Legales





EDICTOS

28 de mayo de 2023

EDICTO

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO  

JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD 

 Correo institucional: j02fctotun@cendoj.ramajudicial.gov.co  

Teléfono: 7424240-3108753382 -Tunja, 31 de marzo de 2023  

Caso: 1500131600020130014800-SALA VIRTUAL: MICROSOFT LIFEZISE  

AUDIENCIA No. 74 : Inicio audiencia: 8:00 a.m. de 31 de marzo de 2023 Fin audiencia: 10:05 a.m. de 31 de marzo de 2023. PROCESO: INTERDICCIÓN - ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO. JUEZ: DR. TITO FRANCISCO VARGAS MARQUEZ. SUJETOS PROCESALES-NOMBRES Y APELLIDOS-CÉDULA -CORREO – TELÉFONO: INTERESADA: BEATRIZ SIERRA GONZALEZ-C.C.No.40.028.848 DE TUNJA-sierragonzalez.beatriz@gmail.com – 3157420596/ PERSONA DISCAPACITADA: GABRIEL  SIERRA GONZALEZ-C.C.No.6.774.619 DE TUNJA- CALLE 10 No.10-15-3218976749. INTERESADA:  LEONOR SIERRA GONZALEZ-C.C.No.40.026.446 DE TUNJA- leonorsierra2@hotmail.com – 3114700380., INTERESADA: MARIA CRISTINA SIERRRA GONZALEZ-C.C.No.40.033.372 DE TUNJA-cristisigo@yahoo.es – 3163498174. INTERESADA: LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ-C.C.No.40.010.254- luzmasigo15@gmail.com – INTERESADO: NELSON EDUARDO SIERRA GONZALEZ-C.C.No.7.167.907-Nelsigo18@gmail.com -3125770624- INTERESADO: ALVARO SIERRA RODRIGUEZ-C.C.No.6.758.050- Luzmasigo15@gmail.com    INTERESADA: BLANCA INES SIERRA GONZALEZ-C.C.No.23.275.353-leonorsierra@hotmail.com  - MINISTERIO PÚBLICO: DRA. AURA EDILMA VELANDIA PÉREZ-C.C.No.40.046.714-T.P.145.977 DEL C.S.J.- aevelandia@procuraduria.gov.co. SENTENCIA: Por lo expuesto, el Juzgado Segundo de Familia de Oralidad de Tunja. administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley-RESUELVE: PRIMERO: DEJAR SIN VALOR Y EFECTOS la sentencia del veintisiete (27) de Noviembre de dos mil trece (2013), proferida por este Despacho Judicial que declaró LA INTERDICCION DEFINITIVA al señor GABRIEL SIERRA GONZALEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 6.774.619 de Tunja, por INCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA; de conformidad con los motivos consignados. SEGUNDO: DECLARAR que el señor GABRIEL SIERRA GONZALEZ identificado con cedula de ciudadanía No. 6.774.619 de Tunja, ADQUIERE CAPACIDAD LEGAL PLENA, a partir de la ejecutoria de la presente sentencia, con ADJUDICACIÓN DE APOYO JUDICIAL para realizar las actuaciones jurídicas a que haya lugar.  TERCERO: DESIGNAR a los señores BEATRIZ SIERRA GONZALEZ , LEONOR SIERRA GONZALEZ, MARIA CRISTINA SIERRA GONZALEZ, LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ, NELSON EDUARDO SIERRA GONZALEZ, ALVARO SIERRA GONZALEZ, BLANCA INES SIERRA GONZALEZ, para que, faciliten la comprensión de los actos jurídicos y la manifestación de la voluntad y preferencias de su hermano GABRIEL SIERRA GONZALEZ, y lo representen conforme los lineamientos del artículo 48 de la Ley 19961 de 2019, en los siguientes apoyos judiciales que fueron determinados y establecidos específicamente en la valoración de apoyo realizada por la Personería Municipal de Tunja, así:  -"Patrimonio y manejo de dinero: Se requiere el apoyo para representarlo frente al manejo de dinero, así mismo en los ámbitos e Patrimonio, siempre respetando la manifestación de su voluntad, apoyo que asumirán de manera directa las señora BEATRIZ SIERRA GONZALEZ, CRISTINA SIERRA GONZALEZ Y LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ. -Familia cuidado personal y vivienda y salud, general, mental, sexual y reproductiva: Apoyo en los ámbitos de cuidado personal vivienda, familia y en el ámbito de Salud General y Mental, será asumido por los señores BEATRIZ SIERRA GONZALEZ , LEONOR SIERRA GONZALEZ, MARIA CRISTINA SIERRA GONZALEZ, LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ, NELSON EDUARDO SIERRA GONZALEZ, ALVARO SIERRA GONZALEZ, BLANCA INES SIERRA GONZALEZ, quienes lo respaldarán en la posibilidad que cada uno tenga, en turnos mensuales que serán coordinados por ellos mismos o en el orden establecido. -Trabajo y generación de ingresos, acceso a la justicia y derechos al voto. No requiere apoyo ya que cuenta con voluntad para hacerlo, únicamente  frente al acceso a la justicia apoyo que asumirán de manera directa las señoras: BEATRIZ SIERRA GONZALEZ , CRISTINA SIERRA GONZALEZ y LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ. Y en los demás temas en los que, el señor GABRIEL SIERRA GONZALEZ requiera apoyo, siempre respetando la manifestación de su voluntad mientras no le cause perjuicio o daño. CUARTO: POSESIONAR a las señoras BEATRIZ SIERRA GONZALEZ , LEONOR SIERRA GONZALEZ, MARIA CRISTINA SIERRA GONZALEZ, LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ, ALVARO SIERRA GONZALEZ, BLANCA INES SIERRA GONZALEZ COMO PERSONAS DE APOYO JUDICIAL para su hermano, señor GABRIEL SIERRA GONZALEZ, advirtiéndoles sobre el compromiso que tienen respecto de todos los actos jurídicos en los apoyos indicados; del cuidado personal, en su salud, vida y dignidad humana; y de las demás obligaciones que conforme al artículo 462 de la Ley 1996 de 2019, se exige.  SE DEJA CONSTANCIA QUE SE POSESIONA A LAS PERSONAS ENCARGADAS DE LOS APOYOS DESIGNADOS, BEATRIZ SIERRA GONZALEZ , LEONOR SIERRA GONZALEZ, MARIA CRISTINA SIERRA GONZALEZ, LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ, ALVARO SIERRA GONZALEZ, BLANCA INES SIERRA GONZALEZ, QUIENES PROMETIERON CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LOS DEBERES QUE EL CARGO LES IMPONE.  QUINTO: ORDENAR que, las señores BEATRIZ SIERRA GONZALEZ , LEONOR SIERRA GONZALEZ, MARIA CRISTINA SIERRA GONZALEZ, LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ, NELSON EDUARDO SIERRA GONZALEZ, ALVARO SIERRA GONZALEZ, BLANCA INES SIERRA GONZALEZ, anualmente rindan un informe de la gestión que se les impuso, conforme con lo establecido en el artículo 413 de la Ley 1996 de 2019. SEXTO: COMUNICAR el contenido de esta sentencia a la Notaría segunda de Tunja, para que se efectúe la anotación correspondiente en el Registro Civil de Nacimiento del señor GABRIEL SIERRA GONZALEZ. SEPTIMO: ORDENAR  que los señores BEATRIZ SIERRA GONZALEZ , LEONOR SIERRA GONZALEZ, MARIA CRISTINA SIERRA GONZALEZ, LUZ MARINA SIERRA GONZALEZ, NELSON EDUARDO SIERRA GONZALEZ, ALVARO SIERRA GONZALEZ, BLANCA INES SIERRA GONZALEZ, realice la notificación de esta sentencia, al público por AVISO, el cual se insertará  por una sola vez en el diario de amplia circulación  nacional LA REPÚBLICA; para lo cual, se le concede el término de quince (15)  días remitiendo al Despacho la constancia correspondiente. OCTAVO: ORDENAR el expediente contentivo de este proceso en la Secretaría del Despacho, para los trámites atinentes a cualquier otra situación judicial relacionada con el titular del apoyo judicial señor GABRIEL SIERRA GONZALEZ. NOVENO: REMITIR esta decisión y la grabación de la audiencia a los correos autorizados de los interesados y demás intervinientes.  La presente sentencia se NOTIFICA A LAS PARTES EN ESTRADOS de conformidad con lo establecido en el artículo 294 del  C.G.P.  No siendo otro el objeto de la presente audiencia, se da por terminada siendo la hora de las 10:05 a.m. Esta Decisión queda aprobada y autorizada conforme a su contenido y al contenido de la grabación de la audiencia.    

TITO FRANCISCO VARGAS MARQUEZ   

JUEZ SEGUNDO DE FAMILIA ORALIDAD DE TUNJA   

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