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Edictos y Avisos Legales





AVISOS

6 de agosto de 2023

AVISO

ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO - JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA DE ORALIDAD DE TUNJA- BOYACA 

Correo institucional: j02fctotun@cendoj.ramajudicial.gov.co Teléfono:7424240-3108753382 Tunja, 9 de mayo de 2023 

Caso: 15001316000220180001000. SALA VIRTUAL: MICROSOFT LIFEZISE – AUDIENCIA No. 108 

PROCESO: INTERDICCIÓN - ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO 

JUEZ, DR. TITO FRANCISCO VARGAS MARQUEZ, 

PERSONA DISCAPACITADA,JULIAN SANTIAGO ANDRADE GUALDRON c.c. ,1.002.393.518 INTERESADOS, 

GLORIA YANETH GUALDRON PINTO, c.c. 40.025.885 

HELENA ITZAYANA ANDRADE GUALDRON , c.c. 1.049.635.937 

GABRIELA ALEXANDRA ANDRADE GUALDRON, c.c. 1.049.658.797 

MINISTERIOPUBLICO, DRA.AURA EDILMA VELANDIA PEREZ, c.c. 40.046.714 T.P.145.977del C.S.J. aevelandia@procuraduria.gov.co 

Se informa al público en general que en la SENTENCIA No.50, el Juzgado Segundo de Familia  de Oralidad de Tunja, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por  autoridad de la Ley. RESUELVE: DEJAR SIN VALOR Y EFECTOS la sentencia de veintidós (22)  de julio de dos mil diecinueve (2019), proferida por este Despacho Judicial que declaró al señor  JULIAN SANTIAGO ANDRADE GUALDRON, identificado con cedula de ciudadanía número  1.002.393.518, como PERSONA EN SITUACION DE DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA; de  conformidad con los motivos consignados. DECLARAR que señor JULIAN SANTIAGO  ANDRADE GUALDRON, ADQUIERE CAPACIDAD LEGAL PLENA, a partir de la ejecutoria de la  presente sentencia, con ADJUDICACIÓN DE APOYO JUDICIAL para realizar las actuaciones  jurídicas y demás, a que haya lugar. DESIGNAR a las señoras GLORIA YANETH GUALDRON  PINTO, identificada con C.C.No. 40.025.885 Y HELENA ITZAYANA ANDRADE GUALDRON, identificada con C.C. No. 1.049.635.937 para que, faciliten la comprensión de los actos jurídicos  y la manifestación de la voluntad y preferencias de su hijo y hermano JULIAN SANTIAGO, y lo  representen conforme los lineamientos del artículo 48 de la Ley 19961 de 2019, en los siguientes  apoyos judiciales que fueron determinados y establecidos en la valoración de apoyo realizada  por la Personería Municipal de Tunja. REPRESENTACIÓN DE LA PERSONA TITULAR DEL  ACTO. La persona de apoyo representará a la persona titular del acto solo en aquellos casos en  donde exista un mandato expreso de la persona titular para efectuar uno o varios actos jurídicos  en su nombre y representación. POSESIONAR a las señoras GLORIA YANETH GUALDRON  PINTO y HELENA ITZAYANA ANDRADE GUALDRON COMO PERSONAS ANDRADE  GUALDRON, advirtiéndoles sobre el compromiso que tienen personal, en su salud, vida y  dignidad humana; y de las demás obligaciones que conforme al artículo 462 de la Ley 1996 de  2019, se exige. ENCARGADAS DE LOS APOYOS DESIGNADOS, SEÑORAS GLORIA  GUALDRON. QUIENES PROMETIÉRON CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LOS DEBERES  QUE EL CARGO LES IMPONE.ORDENAR que, las señoras GLORIA YANETH GUALDRON  PINTO y HELENA ITZAYANA ANDRADE GUALDRON, anualmente rindan un informe de la  gestión que se les impuso, conforme con lo establecido en el artículo 413 de la Ley 1996 de 2019.  COMUNICAR esta decisión a la Notaria Tercera de Tunja,para efectuar la anotación  correspondiente en el Registro Civil de Nacimiento de JULIAN SANTIAGO ANDRADE  GUALDRON. COMUNICAR el contenido de esta sentencia a la superintendencia de notariado y  registro, para los efectos a que haya lugar. ORDENAR que las señoras GLORIA YANETH  GUALDRON PINTO y HELENA ITZAYANA ANDRADE GUALDRON, realicen la notificación de  esta sentencia, al público por aviso, que se insertará por una sola vez en el diario de amplia  circulación nacional, "LA REPUBLICA"; para lo cual, se les concede el término de quince (15)  días, remitiendo al Despacho la constancia correspondiente. ORDENAR que el expediente  contentivo de este proceso permanezca en la Secretaría del Despacho, para los trámites  atinentes a cualquier otra actuación judicial relacionada con el titular de los apoyos judiciales,  señor JULIAN SANTIAGO ANDRADE GUALDRON REMITIR esta decisión y la grabación de la  audiencia a los correos autorizados de los interesados. La presente sentencia se NOTIFICA A  LAS PARTES EN ESTRADOS C.G.P. SIN RECURSOS. A solicitud del Ministerio Público, se  adiciona la sentencia en el siguiente sentido: REQUERIR a la Alcaldía Municipal de Tunja y, a la  Gobernación de Boyacá para que, vinculen al señor JULIAN SANTIAGO ANDRADE  GUALDRON, identificado con cedula de ciudadanía número 1.002.393.518, en los programas de  personas con discapacidad y en los subsidios correspondientes de sus políticas públicas para  esta familia. OFICIAR anexando el escrito de valoración de apoyos, esta sentencia y la grabación  de audiencia. Se concede un término de treinta (30) días para que, indiquen al Juzgado las  gestiones realizadas. 

Quienes estén Interesados en ser citados a participar de la gestión de apoyos deberán informar  al Juez les comunique la fecha de la audiencia. El no solicitar oportunamente la convocatoria,  releva al Juez de la carga de citar al o a las personas interesadas, lo que no impide su  participación en la audiencia. Esta Decisión queda aprobada y autorizada conforme a su  contenido y al contenido de la grabación de la audiencia. 

Firmado, TITO FRANCISCO VARGAS MARQUEZ, JUEZ SEGUNDO DE FAMILIA ORALIDAD  DE TUNJA

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