Edictos y Avisos Legales
AVISO
CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL AREA DE MANEJO ESPECIAL LA MACARENA “CORMACARENA”. RESOLUCIÓN No. PS-GJ 1.2.6.011.1123. EXPEDIENTE No. PM-GA 3.37.1.09.023. ARTICULO CUARTO: Conservan valides Jurídica todos y cada uno de las disposiciones contempladas en la resolución No. PMGJ 1.2.6.010.1007 de 06 de Julio de 2010, siempre y cuando no le sean contrarias al presente acto administrativo. Por lo cual el beneficiario de la presente resolución deberá cumplir y ejecutar todos los programas y proyectos ambientales establecidos en el Plan de Manejo Ambiental, así como el Plan de Monitoreo y seguimiento aprobados mediante resolución No. 2.6.010.1007 del 06 de Julio de 2010, así como lo aprobado mediante el presente acto administrativo. ARTICULO QUINTO: La presente resolución una vez ejecutoriada constituye en sujeto de derecho y obligaciones Al beneficiario de la Licencia Ambiental. ARTÍCULO SEXTO: El beneficiario de la presente Licencia Ambiental deberá publicar a su costa, en un Diario de alta circulación nacional o Regional, en un término no mayor de 10 días hábiles contados a partir de la Notificación del presente Acto Administrativo el encabezado y la parte resolutiva de esta providencia, allegando un ejemplar de la Publicación dentro de los Diez 10 días siguientes a la notificación del presente acto administrativo con destino al expediente No. PM-GA 3.37.1.09.023. ARTICULO SEPTIMO: Notifíquese el contenido de la presente providencia al Señor EDGAR DE JESUS ROJAS ARRUBLA, personalmente o por intermedio de apoderado, y/o a quien haga sus veces. ARTICULO OCTAVO: Por a la oficina Jurídica de la Corporación, remítase copia de la presente resolución al Procurador Agrario y Ambiental del Departamento del Meta, así como a la Alcaldía de Puerto Gaitán y al Grupo de seguimiento de la Subdirección de Fiscalización Minera del servicio Minero del Ingeominas, para su conocimiento y demás fines pertinentes. ARTICULO NOVENO: Contra la presente Resolución procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación personal, o a la desfijación del edicto, o la publicación, según sea el caso ante la Dirección General de la Corporación, de conformidad con el artículo 51 del código Contencioso Administrativo. NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. 12 JUL 2011. ABG. ANDRES FELIPE BARNEY BERRIO. Director General (E)
V-1207
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