Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE Rama Judicial Consejo Superior de la Judicatura República de Colombia Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias Cali - Valle del Cauca JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI - VALLE DEL CAUCA AVISO DE REMATE Santiago de Cali, 24 de abril de 2024. CND/002/772/2024 PROCESO: EJECUTIVO DEMANDANTE: ANDRES FELIPE QUIÑONEZ LUCIO – CC: 94534434 DEMANDADO: MARIA CLAUDIA RODRIGUEZ CASTRO – CC: 66840027 LUIS LÓPEZ VARGAS – CC:16628257 RADICADO: 760014003-034201400964-00 LA OFICINA DE APOYO JUDICIAL DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI HACE SABER Que, en el proceso de la referencia para el día 06 DE JUNIO DE 2024 a las 8:00 AM para llevar a cabo la diligencia de remate de los derechos que posee solo el demandado LUIS LOPEZ VARGAS, esto es, del 50% sobre los inmuebles identificados con matrícula inmobiliaria Nº 370-528206 y Nº 370-528144 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali. Que se describe a continuación: Matricula inmobiliaria Nº370-528206. Dirección: Avenida 6 C Norte No. 35 N-50, CONJUNTO RESIDENCIAL PORTAL DE LA ESTACION, APTO 102, IV ETAPA, PISO 1. y Matricula inmobiliaria Nº 370-528144. Dirección: Avenida 6 C Norte No. 35 N-50, CONJUNTO RESIDENCIAL PORTAL DE LA ESTACION, IV ETAPA, PARQUEADERO # 63, SOTANO 2. Avaluó total de los 2 bienes es $180.248.250,oo que corresponde al 50% de los derechos que posee la demandada sobre dichos inmuebles. Secuestre: Jhon Mario Mendoza Jiménez, ubicado en la Carrera 76 #16-41, bloque 5 Apto 404, teléfono 3122589343 – 3206833426. La diligencia comenzara a la hora antes indicada y no se cerrará hasta que haya transcurrido una hora desde su inicio, siendo postura admisible la que cubra el 70% del total del avalúo - (art. 448 C.G.P.) Y postor hábil que previamente consigne el 40% del avalúo del respectivo bien (art. 451 C.G.P.). Fíjese y publíquese el respectivo aviso en el periódico OCCIDENTE, o EL PAÍS, o LA REPUBLICA, en la forma y términos que regula el art. 450 del C.G.P.” INFORMACIÓN AL USUARIO: La audiencia de remate se tramitará de FORMA VIRTUAL de conformidad con lo dispuesto en elartículo 452 del C.G.P. y el protocolo de audiencias publicado en la página web de la Rama Judicial,para lo cual se deberá ingresar a los siguientes links: (i) Juzgados de Ejecución – (ii) Juzgado de Ejecución Civil Municipales – (iii) Valle del Cauca (Cali) – (iv) Oficina de Apoyo Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Cali – (v) Remates- (vi) 2021 - (vii) Juzgado 02 EJCM. https://www.ramajudicial.gov.co/documents/28882502/111389914/02PEPAD++Planeacion+de+audiencias.pdf/d09a17d0-956b-424a-a3b9-c78321fa7e50
De conformidad con la Circular PCSJC21-15 del 08/07/2021, se Insta a los posibles postores, para que al momento de hacer la respectiva postura se sirva allegar “Certificado de Cuenta Bancaria vigente”, lo anterior en vista de que la devolución de las posturas a los postores no favorecidos y con un valor superior a (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, se realizará con la funcionalidad “transferencia bancaria” mediante el pago con abono a cuenta. La consignación del 40% (art. 451 C.G.P.) deberá realizarse a la CUENTA UNICA de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Cali 760012041700 CODIGO DE DEPENDENCIA 760014303000, teniendo en cuenta la radicación completa del proceso (23 dígitos), identificación del demandante y demandado. Para los fines pertinentes y por el término legal, se expide el presente aviso de remate y copia del mismo se entregará a la parte interesada el cual deberá incluirse en un “…listado publicado por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad o, en su defecto, en otro medio masivo de comunicación que señale el juez. El listado se publicará el día domingo con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate…” (Artículo 450 del C.G.P.). Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad del medio utilizado. IMPORTANTE: Este medio se firma de manera electrónica. Por lo tanto, no tienen caducidad. Para su confirmación y verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co [firma electrónica] o ingrese al link https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica/ y digite el número que figura en la parte inferior. Atentamente, Jorge Muñoz Gutiérrez Profesional Universitario Grado 17 Líder de Gestión Documental Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali Firmado Por: Jorge Muñoz Gutierrez Profesional Universitario - Funciones Secretariales Juzgado Municipal De Ejecución Civil Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b9a5ef0105c04a3364f50b75c9a6498be63aa7341264b71a3e98ae4445a8a651 Documento generado en 07/05/2024 07:26:22 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica
El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (Noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 - Noviembre 30 de 2015 “Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15-10402 de 2015” y a su vez se crean con “carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional”, ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.-Sala Administrativa.
OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS apofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co citas -atención al publico memorialesj02ofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co radicación memoriales Juzgado 02
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