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Edictos y Avisos Legales





NOTARIAS

2 de abril de 2026

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO QUINTO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA

A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días en el trámite de la sucesión intestada del(la) causante(s) BEATRIZ VEGA DE SALAZAR, (q.e.p.d.) quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 63.430.649.

CHARY MARLON MAESTRE RINCON, identificado con la cédula de ciudadanía No 77.021.002 de Valledupar, Abogado en ejercicio y portador de la tarjeta profesional No.339.746, expedida por el C. S de la J, actuando como apoderado judicial de los señores MARITZA SALAZAR VEGA, identificada con cedula de ciudadanía número 63.483.931 de Bucaramanga, JULIANA SALAZAR VEGA, identificada con cedula de ciudadanía número 63.446.304 de Floridablanca, MERCEDES SALAZAR VEGA, identificada con cedula de ciudadanía número 63.482.528 de Bucaramanga, MIGUEL ANGEL SALAZAR VEGA, identificada con cedula de ciudadanía número 13.721.617 de Bucaramanga, VVIANA SALAZAR VEGA, identificada con cedula de ciudadanía número 63.529.284 de Bucaramanga y NINI CRISTINA SALAZAR VEGA, identificada con cedula de ciudadanía número 63.453.267 de Floridablanca, en su condición de hijos legítimos de la causante, en la sucesión del (los) causante(s) BEATRIZ VEGA DE SALAZAR, (q.e.p.d.) quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía No. 63.430.649 de Floridablanca, falleció el día 08 de marzo de 2023, como consta en el registro civil de defunción inscrito bajo el indicativo serial No. 10935201 de la Notaria Quinta de Bucaramanga, siendo su último lugar de domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga, presentó ante esta Notaría solicitud para el trámite de sucesión del(los) citado(s) causante(s).

Aceptado el presente trámite, mediante ACTA No 040 de fecha 16 de marzo de 2026, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación nacional, su difusión por una vez en una emisora de este municipio, y su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días hábiles, conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 3 del decreto 902 de 1.988.

Para constancia, firmo la presente acta, en la ciudad de Bucaramanga, a 17 de marzo del dos mil veintiséis (2.026)

(hay firma y sello)

MARCO TULIO SINISTERRA HURTADO Notario Quinto del Círculo de Bucaramanga

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