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RESOLUCIONES

11 de julio de 2026

RESOLUCION

CURADURÍA URBANA No. 2 DE GIRÓN

Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY

RESOLUCION No. AACU2G-  04 07    03 07 2026
RAD.: N° 683072-26-0069 26 DE FEBRERO DE 2026

POR LA CUAL SE CONCEDE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO

RESUELVE:

PRIMERO: CONCEDER EL RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO a SUAL S.A.S, identificada con el NIT. 901620068-9, representada legalmente por ALEXANDER CELIS SOTO, identificado con C.C 91.158.478, y OSCAR ALONSO GOMEZ ARISTIZABAL identificado con C.C 91.475.372 como propietarios de los predios con nomenclaturas CALLE 14 E PEATONAL NUMERO 12 – 66 URBANIZACION “PUERTO MADERO – GIRON” LOTE 26 MANZANA 27 – TOMADO DEL CERTIFICADO DE L Y T. del municipio de San Juan de Girón, identificado con el número predial 68307-01-03-0000-0723-0026-0-0000-0000– TOMADO DEL IMPUESTO., matrícula inmobiliaria N° 300-329649.   SEGUNDO: AUTORIZAR LA SIGUIENTE DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: Un acto de reconocimiento de la existencia de una edificación en suelo urbano, para cinco (5) unidades de vivienda en cinco (5) pisos y terraza, con un área de lote de 40,00 m², distribuidos así: PRIMER PISO: APTO 101 ÁREA CONSTRUIDA DE 39.20 m², ÁREA LIBRE DE 0.80 m². SEGUNDO PISO: APTO 201 ÁREA CONSTRUIDA DE 43.20 m², ÁREA LIBRE DE 0,00 m². TERCER PISO: APTO 301 ÁREA CONSTRUIDA DE 43.20 m², ÁREA LIBRE DE 0,00 m². CUARTO PISO: APTO 401 ÁREA CONSTRUIDA DE 43.20 m², ÁREA LIBRE DE 0,00 m². QUINTO PISO: APTO 501 ÁREA CONSTRUIDA DE 43.20 m², ÁREA LIBRE DE 0,00 m². TERRAZA: EXCLUSIVA ÁREA CONSTRUIDA DE 6.12 m², ÁREA LIBRE DE 37.88 m². TOTAL, ÁREA CONSTRUIDA DE 218.12 m², TOTAL, ÁREA LIBRE DE 37.88 m². 

INFORMACION GENERAL DEL PROYECTO

 AREA BRUTA   40.00 MTS²   
AREA NETA  40.00 MTS²
AREA URBANIZADA  NA
AREA UTIL  NA
COODENADAS
Y=2338065.927 X=4982411.898 / Y=2338065.927 - X=4982416.633
 N° DE EDIFICACIONES TIPO 1
N° DE EDIFICACIONES APROBADAS  1
 AREA CONSTRUIDA APROBADA
ÁREA (m²) ALTURA (mts) N° PISOS UNIDADES
RESIDENCIAL 218.12 m² 16.00 mt CINCO PISOS + TERRAZA 5
COMERCIAL  NA  NA  NA  NA
INSTITUCIONAL  NA NA  NA  NA
INDUSTRIAL  NA  NA  NA  NA
TOTALES  218.12 m²  16.00 mt  NA 5
 N° SOTANOS  NA
T. AREA OCUPADA  39.20 m²
I.O APROBADO   NA
I.C APROBADO NA
 CESIONES %  TIPO A TIPO B (15m2/80m2) %    TIPO C    NA  NA  NA  NA  NA
PARQUEADEROS  PUBLICOS     PRIVADOS   

CARROS  NA  NA
MOTOS  NA  NA
PMR  NA  NA
TOTALES  NA  NA
TERCERO: El presente reconocimiento producirá los mismos efectos de una licencia de construcción, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.4.2.5 del Decreto 1077 de 2015: "La expedición del acto de reconocimiento de la existencia de la edificación causará los mismos gravámenes existentes para la licencia de construcción.-- PARÁGRAFO 1.-- Para efectos de la declaratoria de elegibilidad de los planes de vivienda de interés social en la modalidad de mejoramiento, de que trata el presente decreto en materia de subsidio familiar de vivienda, el acto de reconocimiento hará las veces de licencia de construcción."  CUARTO: Informar al titular de la solicitud que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.6.4.1.2. Del Decreto 1077 de 2015, no debe ocupar total o parcialmente el espacio público, toda vez que dicha disposición es indispensable para otorgar la aprobación del Reconocimiento presentado. QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolución al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015.  SEXTO: APROBAR, un (1) plano arquitectónico, un (1) plano estructural, una (1) memoria de cálculo, un (1) peritaje técnico, un (1) estudio de suelos, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, se entregarán al cumplimiento de la ejecutoria de la misma siempre y cuando se haya cumplido con la publicación ordenada en el numeral anterior. SÉPTIMO: ADVERTIR que el titular de la Licencia deberá cumplir las siguientes obligaciones consagradas en el Artículo 2.2.6.1.2.3.6 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el Artículo 23 del decreto 1783 de 2021: Cumplir con las normas vigentes de carácter nacional, municipal o distrital sobre eliminación de barreras arquitectónicas para personas en situación de discapacidad. Cumplir con las disposiciones contenidas en las normas de construcción sismo-resistente vigente.
Dar cumplimiento a las disposiciones sobre construcción sostenible que adopte el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio o los municipios o distritos en ejercicio de sus competencias. OCTAVO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y de apelación ante la secretaria de Ordenamiento Territorial o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta. Expedida en Girón, a los 03 JUL 2026 Notifíquese, Publíquese y Cúmplase. ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY Curador Urbano N° 2 Girón

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