Edictos y Avisos Legales
AVISO AL PÚBLICO
EL JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO DE SANTA ROSA DE CABAL
AVISA
Que el día 09 de mayo de 2024 el Juzgado Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal Risaralda, profirió sentencia dentro del trámite de Revisión de la Interdicción, de señor ESGAR CORREA PAMPLONA dentro del proceso radicado 666-82-31-13-001-2012- 00125-00-Para lo pertinente se transcribe la parte resolutiva de la citada providencia:
"JUZGADO CIVIL DEL CIRCUITO SANTA ROSA DE CABAL - mayo nueve (09) de dos mil veinticuatro (2024) '(...) En mérito de lo expuesto, el Juzgado Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal Administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley
FALLA: PRIMERO: REVISAR la sentencia de interdicción judicial por discapacidad mental, emitida por el Juzgado Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal el pasado sentencia del 04 de febrero del 2013, dentro del proceso de interdicción por discapacidad mental que se adelantó respecto del señor ESGAR CORREA PAMPLONA. SEGUNDO: DETERMINAR que, en virtud de esa revisión, el Despacho estima que el señor ESGAR
CORREA PAMPLONA requiere de apoyos para el ejercicio de la Representación judicial, Representación trámites administrativos, Administración del dinero y de los bienes, Representación para asistencia médica, Comunicación y Autodeterminación. Parágrafo: Para los anteriores actos, se designa como apoyo del señor ESGAR CORREA PAMPLONA a la señora BLANCA NERY CORREA PAMPLONA. TERCERO: OFICIAR a la Notaría donde se encuentre registrado el señor ESGAR CORREA PAMPLONA para que se anule del registro civil de nacimiento la anotación correspondiente a la sentencia de interdicción por discapacidad mental. CUARTO: ORDENAR que la presente sentencia se publique en un diario de amplia circulación nacional (Diario El Tiempo o Diario La República). QUINTO: La duración de estos apoyos será de cinco años. (Fdo.) Oscar David Alvear Becerra. “
LIANE MILENA RODAS PARRA
Secretaria
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