Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
República de Colombia Rama Judicial del Poder Público JUZGADO NOVENO CIVIL MUNICIPAL Armenia Quindío Veintiuno (21) de abril de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Ejecutivo singular de mínima cuantía Radicado: No. 630014003009 2023 00044 00 Sustanciación No. 688 Solicita el apoderado judicial de la parte actora, el aplazamiento de la diligencia de remate que se tenía programada para el día 03 de abril de 2025, por cuanto omitió realizar la publicación que ordena el artículo 450 del C.G.P. Por lo anterior, el Juzgado, señala como nueva fecha para la diligencia de remate la siguiente: Dia: tres (03) de junio de 2025 Hora: 3:00 P.M. Será rematado el 50% del bien inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria 280-37906 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta ciudad, ubicado en la carrera 27 No. 37-20 apartamento 202 Bloque I E. Conjunto Residencial Villa Ximena II, predio que se encuentra debidamente embargado, secuestrado, avaluado en el 50% que es de propiedad de la ejecutada Sofia León de Henao, identificada con la C.C. 24.473.928, y cuyas características particulares están contenidas en la escritura pública 2871 del 11 de diciembre de 1981 de la Notaría Segunda de Armenia Quindío y en la diligencia de secuestro respectiva. Avalúo del bien inmueble: $ 146.406.381 m/cte. 50% del avalúo del bien inmueble: $73.203.190,5 m/cte. El bien raíz que será subastado se encuentra bajo la custodia y cuidado del secuestre y auxiliar de la justicia Carlos Julio Arévalo Agudelo, persona que permitirá la inspección del bien y puede ser contactado en la calle 22 No 15 – 16 oficina 205 centro de esta ciudad. Teléfono 3014594643, correo electrónico carlosjulio1931@hotmail.com. La subasta virtual se iniciará en la fecha y hora antes indicada y se cerrará después de haber transcurrido una (1) hora, será postura admisible la que cubra como mínimo el setenta por ciento (70%) del 50% del avalúo dado al bien a rematar; los interesados en hacer postura deben consignar a órdenes del Juzgado en la cuenta de depósitos judiciales No. 630012041009 del Banco Agrario de Colombia S.A. de Armenia, la suma equivalente al cuarenta por ciento (40%) del valor del avalúo antes indicado, tal como lo dispone el artículo 448 del C.G.P. Igualmente, los interesados deberán hacer su postulación y oferta de manera virtual, remitiendo un correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: j09cmpalarm@cendoj.ramajudicial.gov.co En dicha comunicación se deberá indicar:
➢ El bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura y su cuantía. ➢ El monto por el que se hace la postura. ➢ La oferta debe estar suscrita por el interesado. ➢ Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de este o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquel. ➢ Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, número de identificación tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. ➢ Copia del documento de identidad del postor si este es persona natural, o de certificado de existencia y representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. ➢ Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. ➢ Copia del comprobante de depósito judicial para hacer postura correspondiente en los términos previstos en el art. 451 del C.G.P. ➢ Con el fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital, conforme a las formalidades exigidas por el art. 452 del C.G.P, la postura electrónica y todos sus anexos deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. ➢ La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente al correo designado por el despacho. Los correros electrónicos que se reciban, solo serán abiertos el día de la diligencia de remate y solo se tendrán en cuanta las comunicaciones enviadas al correo electrónico antes especificado y que cumplan con todos los requisitos indicados, además siempre que se reciban hasta antes de la hora de cierre de la diligencia, es decir, antes de las 4:00 P.M. del día programado para el remate. El Despacho, el mismo día de la diligencia y al momento de abrir los correros electrónicos, enviará una invitación electrónica a los interesados en el remate para que puedan asistir virtualmente a la audiencia de lectura de ofertas y/o apertura de sobres, dicha invitación se remitirá al mismo correo electrónico por medio del cual enviaron la oferta, igualmente se enviará invitación a las partes para que asistan, no obstante se informa que vinculo virtual para ingresar a la diligencia de remate es el siguiente: https://teams.microsoft.com/l/meetupjoin/19%3ameeting_ODI2ZDRmMGQtMDY3OC00YjZhLTlhOTEtOTM1OGU2Yzk5MDA2%40th read.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df58eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%2222dcff89-647c-49d9-8ea7fbb0b8b8cd12%22%7d. Publíquese por una sola vez lo dispuesto en este auto en cualquiera de los siguientes periódicos de circulación nacional: La República, El Tiempo o El Espectador, o de circulación local La Crónica; en domingo con una antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate; debiéndose allegar prueba de la respectiva publicación y del certificado de tradición del inmueble a rematar expedido con fecha no superior a treinta (30) días. (Art. 450 C.G.P.). En dicha publicación se deberá indicar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de las plataformas y/o herramientas dispuestas por el Consejo Superior de la Judicatura, así como que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio del Juzgado en la página de la Rama Judicial. Adicionalmente deberá informar a los interesados que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co micrositio del Juzgado Noveno Civil Municipal Finalmente, se hace control de legalidad a esta etapa procesal, en atención a lo dispuesto por el inciso tercero (3º) del artículo 448 del C.G.P., en concordancia con lo previsto en el artículo 132 de igual codificación. Notifíquese, Providencia notificada en estado No. 61 Fecha de notificación por estado 22/04/2025 Eduard Andrés Gómez Secretario 4 Firmado Por: Jose Mauricio Meneses Bolaños Juez Juzgado Municipal Civil 009 Armenia - Quindío Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d169ad5493a56da3304590d9a3b13b6beaab3d6173a11417735241921528fbf1 Documento generado en 21/04/2025 01:15:05 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica
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