Edictos y Avisos Legales
AVISO JUDICIAL
PROCESO: LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE JUZGADO: 001 Civil Del Circuito Con Conocimiento Asuntos Laborales, Calarcá, Quindío CORREO ELECTRÓNICO: jcctocalarca@cendoj.ramajudicial.gov.co
RADICADO: 631303112001-2025-00135-00.
DEUDOR: JOHN CARLOS JALK AGUILAR
CÉDULA DE CIUDADANÍA: 1.094.879.656 Exp. En Armenia.
DOMICILIO: Calarcá - Quindío.
JOHN CARLOS JALK AGUILAR – obrando como LIQUIDADOR, en cumplimiento de lo ordenado en auto 1624 de fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintiséis (2026), proferido por el JUZGADO 001 CIVIL DEL CIRCUITO CON CONOCIMIENTO EN ASUNTOS LABORALES DE CALARCÁ, QUINDÍO, dentro de proceso de LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL de persona natural no comerciante, INFORMA A LOS ACREEDORES Y A TERCEROS INTERESADOS lo siguiente:
Mediante la providencia antes referida se decretó la APERTURA DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL de los bienes del señor JOHN CARLOS JALK AGUILAR, de conformidad con lo dispuesto en el Código General del Proceso y la Ley 2445 de 2025.
Que en la misma providencia se designó como liquidador al propio deudor JOHN CARLOS JALK AGUILAR, de conformidad con en el inciso 2°, numeral 1° del artículo 564 del Código General del Proceso.
En consecuencia, SE CONVOCA A TODOS LOS ACREEDORES DEL DEUDOR para que SE HAGAN PARTE DENTRO DEL PROCESO Y PRESENTEN SUS CRÉDITOS con los soportes correspondientes, conforme a la ley.
SE ADVIERTE A LOS ACREEDORES que, de no comparecer oportunamente, sus créditos podrán ser calificados y graduados con base en la información obrante en el expediente.
El presente aviso se publica para efectos de publicidad y oponibilidad frente a terceros.
Se expide para su publicación en un periódico de amplia circulación nacional.
JOHN CARLOS JALK AGUILAR – LIQUIDADOR.
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