Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
ART. 450 C.G.P.
EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE TUNJA
Carrera 11 No. 17-53 Bloque 2 Piso 2-Tunja-Boyacá
INFORMA QUE:
Mediante providencia del 30 de septiembre de 2021, ha señalado el día dieciséis (16) de noviembre a la hora de las diez (10:00 a. m.) de la mañana del año dos mil veintiuno (2021), para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble distinguido con la Matrícula Inmobiliaria No. 070-50710, el cual se encuentra legalmente embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo con acción mixta radicado bajo la partida 1998-00354, propuesto por CAJA DE CREDITO AGRARIO INDUSTRIAL Y MINERO, en contra de MARIA HELENA LOPEZ SANCHEZ y POMPILIO MONROY FARIAS, que se describe de la siguiente manera: Predio urbano de aproximadamente 107 mt2, ubicado en la Calle 5 No. 7 – 28 / 34 del municipio de Tuta, junto con su casa de habitación de tres pisos en el construida, distinguido con la Matrícula Inmobiliaria No. 070-50710 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Tunja, código catastral No. 01-00-0025-0013-000, avaluado en la suma de doscientos ochenta y cuatro millones ochocientos nueve mil quinientos pesos ($284.809.500). Se advierte que obra como secuestre RAUL GALVIS TORRES, quien será la persona encargada de mostrar el bien objeto de remate, residente en la Calle 14b no. 5-26 de Moniquirá, Celular 317 648 7356, Email: raulcontadorpublico@hotmail.com. La licitación iniciará a las diez (10:00 A.M.) de la mañana del citado día y no se cerrará sino transcurrida una hora desde su iniciación, será postura admisible la que cubra el valor del 70% del avalúo, equivalente a ciento noventa y nueve millones trescientos sesenta y seis mil seiscientos cincuenta pesos ($199.366.650), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) es decir la suma de ciento trece millones novecientos veintitrés mil ochocientos pesos ($113.923.800) en el Banco Agrario de Colombia. El anterior aviso se elabora para ser publicado mediante la inclusión en un listado conforme lo previsto en el artículo 450 del C.G. del P., que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación en la localidad.
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