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jueves, 11 de septiembre de 2014

De acuerdo al artículo 1º constitucional, Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.Según la Sentencia T-149 de 2002 de la Corte Constitucional, el Estado de Derecho con énfasis en lo social, se adoptó como forma de Estado para Colombia en el que añade al Estado liberal de derecho los derechos sociales fundamentales, pone en cabeza de las autoridades públicas precisos deberes a favor de grupos y personas en condiciones de debilidad manifiesta y establece fines sociales al Estado tendientes a alcanzar diversos objetivos sociales que permitan la realización de los derechos constitucionales y los deberes sociales de todos los colombianos artículo 2º, Constitución Política.  

La misma Corte Constitucional ha reiterado, que ésta cláusula no es retórica, que en realidad debe instaurar medidas a favor de los grupos que por su condición económica física o mental, se encuentren en situación de debilidad manifiesta.  

Este modelo de Estado debe entrar en acción como señaló la Corte Constitucional, Sentencia SU-747 de 1998, para “contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las oportunidades para desarrollar sus aptitudes y para superar los apremios materiales”. 

De lo que se trata con la definición de Estado Social, es de establecer que tiene la obligación de asegurarles a los colombianos unas condiciones materiales mínimas de existencia, debiendo intervenir con decisión en la sociedad  para cumplir con ese objetivo.  

Respecto a los objetivos y obligaciones, se afirma que el Estado de Derecho con énfasis en lo social hace relación a la forma de organización política, que tiene como uno de sus objetivos combatir las penurias económicas o sociales y las desventajas de diversos sectores, grupos o personas de la población, prestándoles asistencia y protección. (Corte Constitucional, Sentencia T-426 de 1992). Del principio de Estado Social de Derecho, se deducen diversos mandatos y obligaciones constitucionales a saber:

El Congreso tiene la tarea de adoptar las medidas legislativas necesarias para construir un orden político, económico y social justo;

El Estado y la sociedad en su conjunto, de conformidad con los principios de la dignidad humana y de la solidaridad, deben contribuir a garantizar a toda persona el mínimo vital para una existencia digna;

El Estado Social de Derecho exige esforzarse en la construcción de las condiciones indispensables para asegurar a todos los habitantes del país una vida digna dentro de las posibilidades económicas que estén a su alcance. 

En lo relativo a la constitución económica, se indicó que la unidad normativa de la constitución y su interpretación sistemática, permiten vincular directamente las disposiciones que conforman la llamada “Constitución Económica” Título XII del Régimen Económico y de la  Hacienda Pública con el principio fundamental del Estado Social de Derecho y la efectividad de los derechos constitucionales, en especial, los derechos sociales, económicos y culturales Constitución Política, artículos 42 a 77. 

 Es decir, con este concepto se resalta que la voluntad del Constituyente en torno al Estado no se reduce a exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también exige que el mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los apremios materiales. (Corte Constitucional, Sentencia SU-747 de 1998).

En conclusión el papel del Estado de Derecho con énfasis en lo social, consiste en crear los supuestos sociales de la misma libertad para todos, esto es, de suprimir la desigualdad social, que la acción del Estado se dirija a garantizarle a los colombianos condiciones de vida digna. 

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