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martes, 25 de abril de 2023

La Superintendencia de Industria y Comercio concedió el registro por tratarse de una naranja, y no una manzana como alegó Apple

Ante la Superintendencia de Industria y Comercio se presentó Frubana S.A.S. solicitando el registro de su marca gráfica que consta de una fruta para acompañar a su signo (Frubana). El logo busca distinguir productos y servicios comprendidos en las clases 9, 35 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza, que denotan aplicaciones de software para dispositivos móviles; servicios de abastecimiento para terceros, es decir, compra de productos y servicios para otras empresas; y el diseño y desarrollo de hardware y software, respectivamente.

Tras presentar la solicitud, Apple Inc. presentó oposición con fundamento en las causales de irregistrabilidad establecidas en los literales a y h del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, esto bajo el argumento de que la marca solicitada reproduce el elemento gráfico de su familia de marcas, Apple.

El gigante tecnológico argumentó que la marca solicitada consiste en un diseño de una manzana, de tal forma que evoca en la mente del consumidor la misma idea de la familia de marcas de Apple, adicionando elementos secundarios que no generan mayor impacto diferenciador, por lo que se puede afirmar que se trata de una imitación de la marca gráfica notoriamente conocida de la manzana de Apple.

Argumentó también que la familia de marcas de la multinacional son muy distintivas, arbitrarias y fantasiosas que han alcanzado un alto nivel de fama y reconocimiento entre los consumidores a nivel mundial. Aseguró que sus marcas han adquirido una enorme reputación y se reconocen de inmediato como la identificación de los bienes y servicios de ella. Por esta razón, afirmó que el elemento gráfico de Apple ha pasado de ser un simple acompañamiento de la marca, a volverse un ícono cultural.

LOS CONTRASTES

  • Andrés CasasSocio de Casas Santofimio Abogados

    “La SIC concluye que si bien las marcas notorias y familias de marcas tienen una protección especial, deben analizarse con atención los aspectos gráficos particulares”.

Después de haberse presentado la oposición, Frubana S.A.S. contra argumentó que el elemento gráfico de su marca no puede ser considerado una imitación del elemento gráfico de Apple, porque esta hace referencia a una naranja, y no a una manzana.

Afirmó que, si bien ambos elementos evocan la misma idea o concepto de fruta cuasi redonda, esto no resulta ser suficiente para declarar la confusión entre los signos.

Finalmente, tras analizar ambos argumentos, la SIC determinó que el diseño gráfico de los signos enfrentados presenta importantes diferencias tanto en sus trazos como en el concepto que evocan, una manzana y una naranja, por lo que no se pueden considerar confundibles. Por esta razón, concedió el registro solicitado.

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