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  • Juan Francisco Campuzano Vélez

martes, 16 de febrero de 2021

Se pidió registrar una marca cuyo elemento principal es una “S” como la de Superman, y al final concedieron el registro de la misma

A la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) se presentó Baudoin Pineda solicitando el registro de la marca SP Súper Pagos, para distinguir servicios comprendidos en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, que corresponde a servicios financieros y operaciones monetarias.

En un principio se opuso una aseguradora, pero la SIC la declaró infundada, por lo que el registro se concedió a SP. Unos meses después, se reabrió el caso por la oposición que presentó la empresa DC Comics.

Esta es una de las más antiguas casas de historietas. Han producido y licenciado material de mercadeo con personajes como Batman, Aquaman, Flash; pero el más conocido sin duda es Superman.

DC ha empleado y difundido de manera continua la marca Superman desde los inicios de la editorial. La empresa asegura que ha licenciado la letra S, distintiva del súper héroe, en más que las historietas. Juguetes, DVD, juegos, ropa, comida, bebidas, artículos de decoración para el hogar y artículos de decoración para accesorios de muebles, entre otros productos son los que DC Comics ha protegido.

Según la compañía, ellos son propietarios de los derechos de autor de la marca Superman y de sus símbolos y características, como el escudo con la letra S.

Estos derechos son cubiertos en Colombia por el artículo 9º de la Ley 23 de 1982, y la Decisión 351 de 1993 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones, por lo que, según ellos, conceder el registro atentaría contra esas decisiones.

Al analizar los signos, el opositor asegura que el solicitante solo agrega la letra “P” al imagotipo y cambia la expresión ‘man’ por ‘pagos’ en el elemento denominativo, lo que para ellos es una reproducción casi exacta.

Aseguran que nada tiene que ver que el solicitante pretenda grabar servicios en una clase que no tiene relación con la que graban ellos, pues independientemente de las diferencias del mercado al que ofrecen sus productos y servicios, puede que los consumidores confundan la procedencia de los mismos.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AmayaSocio Amaya Propiedad Intelectual

    “La forma de diamante del escudo puede evocar el conocido ícono de Superman, sin embargo, los servicios financieros de Súper Pagos no tienen conexión competitiva con los productos de DC”.

Tras un análisis, desde el punto de vista de la conexión competitiva, la SIC dio cuenta de la nula relación, complementariedad y parecido entre los servicios que pretendía grabar Pineda y los que protege la oposición.

Por un lado, la oposición protege servicios y productos encasillados en las clases 32, 30, 21, 28, 14 y 25, correspondientes al merchandising mencionado al inicio, mientras que el solicitante quiere proteger un servicio de giros y pagos, que se encuentran en la clase 36.

Es así como la SIC declaró infundada la oposición de DC Comics y concedió el registro de la marca SP Super Pagos (mixta).

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