Foto por: Banco Caja Social

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  • Jonathan Toro

jueves, 30 de julio de 2020

El Banco Caja Social se opuso al registro ante la SIC para defender la palabra ‘Amigo’ que aparece en varias de sus marcas registradas

En este pleito de marcas, el Banco Caja Social se opuso en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ante el registro de la marca Migo (mixta) de la empresa Migo Holding que pretendía distinguir servicios como seguros y publicidad de estos, comprendidos en las clases 35 y 36 de la Clasificación Internacional de Niza.

Según la entidad financiera, la marca solicitante reproducía en su totalidad el elemento principal de la familia de marcas del banco: la expresión ‘amigo’, sin que la omisión de la letra ‘a’ significara un precedente de distinción entre los signos enfrentados y generaba una clara confusión entre el público consumidor sobre los servicios ofrecidos por las dos compañías. Entre algunas marcas del banco previamente registradas estaban Seguro Amigo o ‘Banco Caja Social, más que amigo”.

Otro de los elementos que preocupó a la entidad financiera fue la similitud fonética y ortográfica que componían los dos signos enfrentados. El banco argumentó que debido a estas similitudes era natural que los dos símbolos evocaran las mismas ideas en el consumidor, provocando así que la marca solicitante pudiera hacer uso indebido del prestigio y del reconocimiento de Banco Caja Social para ofrecer sus servicios clasificados en la misma categoría del mercado.

La entidad financiera recalcó que su marca ‘Banco Caja Social, más banco, más amigo’ era la única en el mercado que identificaba servicios relacionados con el sector financiero, por ende, se corría el riesgo de dilución de la fuerza distintiva del signo pues el consumidor podría establecer asociaciones no solo entre la marca solicitante y el banco, sino también con otros servicios ofrecidos en el mercado local.

LOS CONTRASTES

  • José Jeréz Abogado Cáez, Muñoz, Mejia Abogados

    “La SIC negó la oposición del Banco Caja Social pues los elementos no generaban confusión y también la solicitud de registro de Migo, por similitud con la marca registrada Miigo”.

Luego de revisar el caso, la SIC determinó que entre los signos ‘Amigo’ y ‘Migo’ no existían las suficientes similitudes ortográficas y fonéticas que dieran lugar a confusiones por parte de los consumidores. Por esta razón, declaró infundada la oposición de Banco Caja Social.

Sin embargo, la Superindustria encontró que ya existía una marca registrada denominada ‘Miigo’ con conexidad competitiva en el mercado por lo que decidió negar el registro de la marca Migo de la empresa Migo Holding.

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