(EDITORS NOTE: Image was created using a variable planed lens.) Canadian flags fly outside the Notre-Dame Cathedral Basilica in Ottawa, Ontario, Canada, on Wednesday, Aug. 15, 2018. It makes sense for the U.S. and Mexico to meet bilaterally on Nafta on certain issues and Canada looks forward to rejoining talks on the trilateral pact in the coming days and weeks, Prime Minister Justin Trudeau said. Photographer: Brent Lewin/Bloomberg

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  • Alexis Posso

viernes, 7 de junio de 2019

El registro fue concedido a pesar de la oposición al trámite por parte de la empresa antioqueña Educanadá S.A.S

El Gobierno de Canadá, oficialmente The Government of Canada -Department of Foreign Affairs, Trade and Development solicitó ante la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia el registro de la marca nominativa EduCanadá para distinguir servicios comprendidos en las clases 35 y 41 de la Clasificación Internacional de Niza, que incluyen promoción de instituciones educativas canadienses y desarrollo de enlaces entre instituciones educativas de Canadá e instituciones educativas de otros países, respectivamente.

El registro fue concedido a pesar de haber enfrentado una oposición al trámite por parte de la empresa antioqueña Educanadá S.A.S, dedicada a la prestación de servicios educativos en lenguas extranjeras.

De acuerdo con lo publicado en la Gaceta de Propiedad Industrial No. 826, Educanadá S.A.S. presentó oposición con fundamento en literal B del Artículo 136 de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Los representantes de la empresa Educanadá dieron pruebas de del estatus de propietaria del nombre a registro, manifestando:

“La sociedad Educanadá S.A.S. es titular del nombre comercial Educanadá que se corresponde con el NIT 900802094-9 y la matrícula mercantil número 21-572104-12 constituida el 18 de diciembre de 2014 en la Cámara de Comercio de Medellín, capital del departamento de Antioquia”.

A lo anterior agregaron que “la protección otorgada al nombre comercial se encuentra supeditada a su uso real y efectivo con relación al establecimiento o a la actividad económica que distinga, ya que es el uso lo que permite que se consolide como tal y mantenga su derecho de exclusiva”, esto en referencia al uso fáctico del nombre en actividad comercial de la marca.

Adicionalmente sumaron, “cabe aclarar que el hecho de que un nombre comercial se encuentre registrado no lo libera de la exigencia de uso para mantener su vigencia”. En este sentido se presentó la documentación que da cuenta del uso del nombre EduCanadá para servicios educativos en Medellín.
Estas pruebas fueron remitidas al despacho de la Dirección de Signos Distintivos, adscrita a la Superintendencia de Industria y Comercio.

El Gobierno canadiense, a través de su apoderado legal en Colombia, manifestó: “de ninguna manera esos documentos evidencian un uso real y efectivo de nombre comercial, sin tener evidencias previas y directas sobre la identificación por parte del consumidor del nombre comercial alegado”.
Adicionalmente, se dio cuenta del registro de EduCanadá ante las autoridades marcarias de ese país en 2007.

Para decidir acerca de la solicitud de registro marcario de la referencia, la Dirección procedió a realizar un examen de registrabilidad teniendo en cuenta los argumentos planteados por las partes, encontrando que el signo objeto de la solicitud no está comprendido en la causal de irregistrabilidad establecida en el Artículo 136 literal B de la Decisión 486.

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